Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos
se publica el fallo de la sentencia firme dictada, con fecha 18 de mayo
de 1998, por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en
el recurso contencioso-administrativo número 1/814/95, promovido por
don Juan María Lozano García-Legaz, contra resolución expresa de este
Ministerio por la que se declara inadmisible el recurso ordinario formulado
sobre fijación de la plantilla en el hospital comarcal de Hellín (Albacete),
cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la falta de jurisdicción
de este Tribunal para conocer el presente recurso, por corresponder el
conocimiento de la cuestión controvertida al Orden Jurisdiccional de lo
Social, ante el cual puede el actor personarse en el plazo de un mes a
contar desde la notificación de la presente resolución, entendiéndose, si
así lo hace, haberlo efectuado en la fecha en que se inició el plazo para
interponer el recurso contencioso-administrativo; sin costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,
"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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