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Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 31 de marzo
de 1998 por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el
recurso contencioso-administrativo número 181/1995, promovido por doña
María Dolores Bodas García, contra resolución expresa de este Ministerio
por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta
a la recurrente, promovido por, cuyo pronunciamiento es del siguiente
tenor:
"Fallo:
Primero.-Desestimamos la causa de inadmisibilidad invocada por la
Administración demandada.
Segundo.-Desestimamos el presente recurso
contencioso-administrativo y declaramos adecuados al ordenamiento jurídico los actos
administrativos impugnados y, en su consecuencia, los confirmamos.
Tercero.-No hacemos declaración en cuanto a las costas procesales."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,
"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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