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Documento BOE-A-1998-18162

Orden de 7 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia de la Audiencia Nacional de 8 de enero de 1998, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.667/1994, interpuesto por «Vidal Áridos y Hormigones, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1998, páginas 25625 a 25625 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-18162

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/1.667/1994,

interpuesto, ante la Audiencia Nacional, por la representación procesal de la

entidad mercantil "Vidal Áridos y Hormigones, Sociedad Anónima", contra

la Resolución de 7 de junio de 1994, del anterior Ministerio de Obras

Públicas, Transportes y Medio Ambiente, relativa a sanción de multa e

indemnización, por extracción de áridos, no autorizada, en el cauce del

río Isabena, término municipal de Lascuarre (Huesca), en fecha 8 de enero

de 1998, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:

"Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo

interpuesto por la representación procesal de la entidad ªVidal Áridos y

Hormigones, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Ministerio de Obras

Públicas, Transporte y Medio Ambiente de fecha 7 de junio de 1994, que

declaramos no conforme al ordenamiento jurídico, por lo que debe ser

anulada; sin costas."

Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103

y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en

sus propios términos la referencia sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 7 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José

FernándezCarnicero González.

Ilmo. Sr. Director general de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas.

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