En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de
Gobierno, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto; Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre, y los Estatutos de esta Universidad,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos
una plaza de Profesor titular de Universidad, que se especifica
en el anexo I de la presente Resolución.
Primero.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria
("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 26 de octubre); Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre
de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985);
Estatutos de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea ("Boletín Oficial del País Vasco", de 21 de marzo de
1985 y "Boletín Oficial del Estado" de 11 de junio); Ley 17/1993,
de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); Real
Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
de 7 de junio); Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de
23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28) y, en
lo no previsto en las precitadas disposiciones, le será de aplicación
la legislación general de funcionarios civiles del Estado, y se
tramitarán independientemente para cada una de las plazas
convocadas.
Segundo.-Para ser admitidos a los citados concursos se
requieren los siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al
que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,
según lo dispuesto por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y
por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la
edad de jubilación.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la
nacionalidad española, no estar sometido a sanción disciplinaria o
condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Tercero.-Asimismo, los solicitantes deberán reunir las
siguientes condiciones académicas específicas:
a) Para concursar a plazas de Profesor titular de Escuelas
Universitarias, estar en posesión del título de Licenciado,
Arquitecto o Ingeniero Superior. También podrán concursar a las plazas
de Profesor titular de Escuelas Universitarias que tengan la
denominación de las áreas de conocimiento relacionados en el anexo
de la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del
Estado" de 16 de enero de 1985), los Diplomados, Arquitectos
técnicos o Ingenieros técnicos, según se especifica en el acuerdo
de 17 de abril de 1990, del Consejo de Universidades ("Boletín
Oficial del Estado" de 24 de julio).
b) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuelas
Universitarias y del Profesor titular de Universidad, estar en posesión
de título de Doctor.
c) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,
tener la condición de Catedrático de Universidad, o bien la de
Profesor titular de Universidad o Catedrático de Escuelas
Universitarias con tres años de antigüedad a la publicación de la
convocatoria, en uno de ellos o entre ambos Cuerpos, y la titulación
de Doctor. Asimismo, podrán concursar a estas plazas los Doctores
a los que el Consejo de Universidades haya eximido de estos
requisitos.
d) Podrán concursar a plazas convocadas a concurso de
méritos los Profesores del Cuerpo a que corresponda la plaza. Cuando
la plaza convocada a concurso de méritos sea de Profesor titular
de Universidad o de Catedrático de Escuelas Universitarias podrán
concurrir, indistintamente, Profesores de ambos Cuerpos. A las
plazas de Profesor titular de Escuelas Universitarias convocadas
a concurso de méritos podrán concurrir también los Catedráticos
numerarios de Bachillerato.
Las condiciones académicas de titulación enumeradas en los
apartados anteriores expedidas en otros Estados miembros de la
Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro
deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del
Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido
en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado
noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de
enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).
En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas
se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la
correspondiente homologación en España, que se acreditará
mediante credencial expedida por la Subdirección General de
Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
Para concursar a las plazas bilingües se exigirá superar una
prueba previa específicamente destinada a comprobar la capacidad
docente en euskara, para lo cual deberá realizarse una exposición
oral y un ejercicio escrito ante la Comisión correspondiente
nombrada por el Rector de la Universidad del País Vasco/Euskal
Herriko Unibertsitatea.
Cuarto.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán
la correspondiente solicitud al excelentísimo y magnífico señor
Rector de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre),
en el plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante
instancia, según modelo anexo II, debidamente cumplimentada, junto
con los documentos (fotocopias compulsadas o certificados
originales) que acrediten reunir las condiciones académicas
específicas para participar en el concurso, así como fotocopia simple
del documento nacional de identidad o pasaporte. Asimismo, en
caso de no poseer la nacionalidad española, deberán acreditar
su nacionalidad, mediante la presentación de los documentos
correspondientes, certificados por las autoridades competentes de
su país de origen. Los interesados que tramiten la documentación
en el extranjero deberán compulsar los documentos en la
respectiva representación diplomática española. Las instancias serán
facilitadas en el Rectorado de la Universidad, sito en el Campus
de Leioa (Vizcaya), y en los Vicerrectorados de Guipúzcoa (avenida
de Tolosa, 107, y paseo de Arriola, 2), y Álava (calle Comandante
Izarduy, 2), y deberá presentarse una instancia y documentación
por cada plaza a la que se desee concursar.
El horario de las cuatro secciones del Registro General de la
Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea es el
siguiente:
De lunes a viernes, de nueve a trece y de quince treinta a
dieciséis treinta horas.
Los viernes, y durante la jornada continua de verano, de nueve
a trece horas.
Cuando el último día del plazo de presentación de instancias
sea sábado, y dado que en dicho día no funciona el Registro
General de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea,
se entenderá prorrogado al siguiente día hábil en que funcione
el Registro General.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deberán
cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del
Reglamento de los Servicios de Correos. Las instancias se
presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello
de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo
figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.
La concurrencia de los requisitos generales, así como de las
condiciones académicas específicas para participar en el concurso,
deberán estar referidas siempre a una fecha anterior a la de
expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original,
que deberá unirse a la solicitud que se presente para participar
en el concurso, haber abonado, por cada una de las plazas que
se soliciten, según se detalla a continuación y para cada uno,
la cantidad de:
Doctores: 1.580 pesetas (480 pesetas de formación de
expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).
Licenciado: 1.390 pesetas (290 pesetas de formación de
expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).
Diplomados: 1.300 pesetas (200 pesetas de formación de
expediente y 1.100 pesetas de derechos de examen).
Serán excluidos todos aquellos aspirantes que no hayan
abonado las precitadas cantidades dentro del plazo habilitado para
la presentación de instancias, prescrito en el apartado cuarto de
esta Resolución, no concediéndose plazo alguno adicional para
el abono de las mismas.
El pago de los derechos se efectuará mediante ingreso o
transferencia bancaria a la cuenta corriente número 32.3900223-3
abierta al efecto en la Bilbao Bizcaia Kutxa, sucursal 2095.0260-8,
con el título "Universidad del País Vasco/EHU-Vicerrectorado de
Profesorado", especificando el nombre, apellidos y número de
orden de la plaza a la que concursa; o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 38.6 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Los concursantes que efectúen el pago mediante giro postal
o telegráfico deberán dirigirlo a la Sección de Concursos, apartado
de correos 1.397, 48080 Bilbao.
Quinto.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea, por cualquiera de los medios establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes
relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de
las causas de exclusión. Contra dicha resolución, que aprueba
la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles,
a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación
de admitidos y excluidos.
Sexto.-De acuerdo con los artículos9y10delReal
Decreto 1427/1986, de 13 de junio, se adjunta modelo de currículo
vitae (anexo III). Los candidatos deberán entregar el currículo vitae
(por quintuplicado) y un ejemplar de las publicaciones y
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo y el proyecto
docente (por quintuplicado), en el acto de presentación del
concurso. En el caso de plazas convocadas a concurso de méritos
y para cuyo ingreso se exija el título de Doctor, los concursantes,
además de la referida documentación, entregarán en el mismo
acto el proyecto de investigación (por quintuplicado), que el
candidato se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la
que concursa.
Séptimo.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo
habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una
resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una
antelación mínima de quince día naturales respecto de la fecha
del acto para el que se cita, convocando:
a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,
a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución
de la misma y con indicación del día, hora y lugar previsto para
la celebración de dicho acto.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso
para realizar el acto de presentación de los concursantes y con
señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.
Octavo.-En los concursos de méritos, la prueba consistirá en
lo siguiente:
Durante un máximo de tres horas, en sesión pública, la
Comisión debatirá con el concursante sobre sus méritos e historial
académico, así como sobre el proyecto docente y de investigación
presentado. La Comisión podrá acordar por mayoría que,
previamente a dicha discusión, los concursantes presenten oralmente
sus méritos e historial académico e investigador en el tiempo
máximo de una hora; en este caso así le será comunicado en el acto
de presentación y sorteo del orden de actuación a que se refiere
el apartado 3 del artículo 8 del Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre.
Noveno.-En ningún caso, las Comisiones podrán proponer
mayor número de nombramientos que el de plazas convocada y
asignadas a su actuación.
Décimo.-Los candidatos propuestos para la provisión de las
plazas deberán presentar en la Secretaría General de la
Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios
señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los siguientes documentos:
a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil
correspondiente o documento equivalente en los demás Estados
comprendidos en el artículo 2 y disposición adicional única de
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración del Estado, institucional o local, ni de las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente
disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. En caso de no poseer la nacionalidad española,
deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su Estado el acceso a la función pública,
mediante la presentación de los documentos correspondientes,
certificados por las autoridades competentes de su país de origen.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de
carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,
debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del
que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios, y
cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse
a los requisitos siguientes:
a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las
autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.
b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de
su correspondiente traducción oficial al castellano.
Undécimo.-En el plazo máximo de un mes, a contar desde
el día siguiente de la publicación del nombramiento en el "Boletín
Oficial del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión
de su destino, momento en que adquirirá la condición de
funcionario a todos los efectos.
Duodécimo.-La presente convocatoria, sus bases y cuantos
actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones de
las Comisiones, podrán ser impugnados ante el Rector en los casos
y en la forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de
25 de agosto, de Reforma Universitaria, y Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre.
Leioa, 3 de julio de 1998.-El Rector, P. D. (Resolución de
5 de noviembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 13
de febrero de 1997), la Vicerrectora del Profesorado, Miren
Azkárate Villar.
ANEXO I
Profesor Titular de Universidad
Clase de convocatoria: Concurso de méritos
124. Puesto: TU 001/0175. Área de conocimiento: "Derecho
Procesal". Departamento: Derecho Público. Actividades docentes
a realizar por quien obtenga la plaza: Derecho Procesal I. Derecho
Procesal II. Bilingüe: Castellano-Euskara. Facultad de Derecho
(San Sebastián). Dedicación: Completa.
ANEXO III
Datos personales
Documento nacional de identidad número........................ .
Lugar y fecha de expedición.........................................
Apellidos y nombre..................................................
Nacimiento: Provincia y localidad.............fecha.............
Residencia: Provincia.................Localidad.................
Domicilio:...........Teléfono...........Estado civil...........
Facultad o Escuela actual...........................................
Departamento o Unidad docente actual............................
Categoría actual como Profesor contratado o interino.............
1. Títulos académicos (clase, organismo y centro de
expedición, fecha de expedición, calificación, si la hubiere).
2. Puestos docentes desempeñados (clase, organismo o
centro, régimen dedicación, fecha de nombramiento o contrato, fecha
de cese o terminación).
3. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,
centro y fecha).
4. Actividad investigadora desempeñada (programas y
puestos).
5. Publicaciones-libros (título, fecha de publicación,
editorial).
6. Publicaciones-artículos (*) (título, revista, fecha de
publicación, número de páginas).
7. Otras publicaciones.
8. Otros trabajos de investigación.
9. Proyectos de investigación subvencionados.
10. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos
(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional
o internacional).
11. Patentes.
12. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del
centro, organismo, material, actividad desarrollada y fecha).
13. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,
organismo, materia y fecha de celebración).
14. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a
la licenciatura).
15. Actividades de empresas y profesión libre.
16. Otros méritos docentes o de investigación.
17. Otros méritos.
(*) Indicar trabajos en prensa, justificando su aceptación por parte de la revista.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid