La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla-La Mancha ha dictado sentencia, con fecha 20 de mayo
de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 1/963/95, en
el que son partes, de una, como demandante doña Paloma González López,
y de otra como demandada la Administración General del Estado,
representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para
las Administraciones Públicas, de fecha 9 de junio de 1995, que desestimaba
el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 2 de febrero de 1995,
sobre ayuda económica para la adquisición de vivienda.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Desestimar el recurso interpuesto contra las resoluciones
recurridas, por ser conformes a derecho y ello sin hacer expresa condena
en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 14 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid