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Documento BOE-A-1998-18475

Orden de 23 de julio de 1998 por la que se adjudican los puestos de trabajo ofrecidos en el concurso convocado por Orden de 12 de mayo de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 1998, páginas 26095 a 26096 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-18475

TEXTO ORIGINAL

Convocado por Orden de 12 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 27) concurso específico para la provisión de puestos

en el exterior dependientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales.

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración

y habiéndose cumplido las normas establecidas en el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, así como las bases de la convocatoria,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Adjudicar destino a los funcionarios que se

relacionan en el anexo a esta Orden, en los centros directivos que

igualmente se indican.

Segundo.-El plazo de toma de posesión del nuevo destino

obtenido será de tres días si radica en la misma localidad, o de un

mes si radica en distinta localidad o comporta reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir

del día siguiente del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días siguientes a la publicación de esta Orden, así como el

cambio de situación administrativa que en cada caso corresponda.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo

de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

Tercero.-Los destinos serán irrenunciables, no pudiendo los

funcionarios que obtengan destino a través de este concurso

participar en otros que convoquen tanto la Administración del Estado

como las Comunidades Autónomas, hasta tanto hayan

transcurrido dos años desde que obtuvieron la vacante correspondiente.

Cuarto.-Los traslados que se deriven de la resolución del

presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y darán

derecho a las indemnizaciones previstas en el Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón

del servicio.

Quinto.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en

el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 y

demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación

a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Lo que comunico para su conocimiento, el de los interesados

y demás efectos.

Madrid, 23 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 21 de mayo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario,

Marino Díaz Guerra.

Subdirección General de Recursos Humanos.

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