En el recurso contencioso-administrativo número 381/1990, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Eurona, Sociedad
Limitada", contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial
de 17 de noviembre de 1988 y 12 de febrero de 1990, se ha dictado, con
fecha 9 de diciembre de 1997, por el Tribunal Supremo en grado de
apelación, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimamos el recurso de apelación interpuesto por la
representación procesal de ºEurona, Sociedad Limitadaº, contra la
sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid (Sección Segunda), de fecha 31 de enero de 1992,
recaída en el recurso número 381/1990, debemos revocar dicha sentencia
y declarar el derecho de la recurrente a la inscripción en el Registro de
la Propiedad Industrial del modelo industrial número 114.328, ºDepiladorº,
anulando por contrarios a Derecho los actos de dicho Registro que la
denegaron; sin hacer una expresa imposición en costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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