En el recurso contencioso-administrativo número 5/600/1996,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,
Sección Quinta, por don Pedro Ángel García González y don Miguel Royo
García, contra la Administración General del Estado, sobre revisión de
retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado,
con fecha 31 de marzo de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice
así:
"Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por
la Abogacía del Estado y desestimando el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Pedro Ángel García
González y don Miguel Royo García, contra la Resolución del Ministerio de
Asuntos Exteriores de 5 de junio de 1995, debemos declarar y declaramos
que las resoluciones impugnadas son conformes a derecho, sin hacer
expresa imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la
referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial
del Estado" .
Madrid, 6 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de Carvajal
Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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