Visto el expediente tramitado a instancia de don Luis García Urrea, en representación de la titularidad del centro privado de Educación Infantil, denominado «Montessori», domiciliado en la calle Asín y Palacios, número 18, de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización del Centro por ampliación de seis unidades de Primer Ciclo y dos unidades de Segundo Ciclo.
Este Ministerio ha dispuesto:
Modificar la actual autorización del Centro de Educación Infantil que se describe, quedando configurado de la siguiente manera:
Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «Montessori». Persona o entidad titular: «Colegio Montessori, Sociedad Limitada». Domicilio: Calle Asín y Palacios, número 18. Localidad: Zaragoza. Municipio: Zaragoza. Provincia: Zaragoza. Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de Primero y Segundo Ciclos.
Capacidad:
Primer ciclo: Seis unidades.
Segundo ciclo: Seis unidades con 140 puestos escolares.
El personal que atienda las unidades autorizadas en el Centro de Educación Infantil deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio. La titularidad del Centro remitirá a la Dirección Provincial del Departamento en Zaragoza, la relación del profesorado, con indicación de su titulación respectiva.
La Dirección Provincial previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación aprobará expresamente la relación del personal que impartirá docencia en el Centro.
El Centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.
Queda dicho Centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.
Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 12 de junio de 1998.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director General de Centros Educativos.
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