En el recurso contencioso-administrativo número 486/1996, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Unilever N. V., contra
Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de abril
y 22 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 6 de febrero de 1998,
por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva
es como sigue:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por Unilever N. V. titular de la marca
ªMaxº 570.008, contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y
Marcas de 22 de noviembre de 1995, desestimando recurso de reposición
contra la de 20 de abril de 1995, que concedió los números 1.902.841
y 1.902.842 Mini Max, solicitadas por la Promotora de ªServicios Mallorca,
Sociedad Anónimaº, que fue emplazada y no ha comparecido, por no ser
acto ajustado a Derecho, que anulamos y dejamos sin efecto, con denegación
de estas dos marcas; sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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