En el recurso contencioso-administrativo número 1.953/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Banco Pastor, Sociedad Anónima», actuando como coadyuvante «The British Petroleum Company P. L. C.», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 4 de febrero de 1994 y 3 de mayo de 1995, se ha dictado, con fecha 14 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 1.953/1995, promovido por la Procuradora doña María del Carmen Ortíz Cornago, en nombre y representación de “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 4 de febrero de 1994, confirmadas en vía de recurso por Resolución del 3 de mayo siguiente, por las que se concedió la inscripción de las marcas número 1.693.848, “BP Plus”, en clase 35; número 1.693.849, en clase 36; número 1.693.850, “BP Plus”, con gráfico en clase 35, y número 1.693.851, en clase 36, debemos declarar y declaramos que dichas Resoluciones son conformes con el ordenamiento jurídico, por lo que deben ser confirmadas. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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