En el recurso contencioso-administrativo número 1.664/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Ratiopharm GmbH Arzneimittel», actuando como codemandada «Rotta Research Labo-ratorium, S. P. A.», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de abril de 1994 y 16 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 6 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de la entidad «Ratiopharm GmbH Arzneimittel», contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 20 de abril de 1994, por la que se autorizó la inscripción de la marca número 1.652.892 «Rottapharm», así como contra la de 16 de noviembre de 1995, que desestimó el recurso ordinario formalizado contra la anterior, debemos confirmar y confirmamos dichas Resoluciones por ser ajustadas a Derecho. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de junio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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