De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución, en sus propios términos, de la sentencia número 426 de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 13 de mayo de 1998, que es firme, recaída en el recurso número 729/1996, interpuesto por don Francisco Javier Díaz Díaz, contra la Resolución del Rector (P. D. el Secretario general), de la Universidad Politécnica de Madrid, que no accedió a la solicitud del actor de que se le tuviera por aprobado en la asignatura «Base de Datos», de tercer curso, en la Escuela Universitaria de Informática, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 729/1996, interpuesto por la Procuradora doña María de los Ángeles Sánchez Fernández, en nombre y representación de don Francisco Javier Díaz Díaz, contra la Resolución del Rector (P. D. el Secretario general), de la Universidad Politécnica de Madrid, que no accedió a la solicitud del actor de que se le tuviera por aprobado en la asignatura "Base de datos", de tercer curso, en la Escuela Universitaria de Informática número 999/1994, todo ello sin hacer especial condena en costas.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 76.e) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Madrid, 30 de junio de 1998.–El Rector, Saturnino de la Plaza Pérez.
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