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Documento BOE-A-1998-19063

Orden de 21 de julio de 1998 de convocatoria de becas de formación de investigadores, en el marco del Programa Sectorial de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1998, páginas 26825 a 26830 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-19063

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 29 de junio de 1995 estableció los objetivos básicos, directrices y normativa generales del Programa Sectorial de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (en adelante, Programa Sectorial de I + D), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para el cuatrienio 1996-1999. En ella se prevé la existencia de ayudas para la realización de acciones de formación de personal investigador y de estímulo para su incorporación al Programa Sectorial de I + D.

Por otra parte, el Reglamento (CEE) número 4253/88, del Consejo de la Unión Europea, aprobó las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) número 2052/88, en lo relativo a la aplicación de los fondos estructurales, modificado por el Reglamento (CEE) número 2082/93.

Para dar cumplimiento a lo indicado en las citadas disposiciones, a propuesta de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, cuyo texto refundido se aprobó por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, se hace pública la presente convocatoria para la concesión de becas de formación de investigadores, en el marco del Programa Sectorial de I + D del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La presente Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.15 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

Artículo 1. Objeto.

Con el fin de facilitar la formación por medio de tesis doctorales y especialización en temas que se consideran prioritarios para el Programa Sectorial de I + D, se convocan 16 becas de tipo predoctoral y 37 de tipo postdoctoral.

Artículo 2. Requisitos de los beneficiarios.

1. Becas postdoctorales:

a) Podrán solicitar estas becas los españoles, ciudadanos de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros residentes en España, siempre y cuando unos y otros en el momento de formular la solicitud estén en posesión del título de Doctor.

b) Haber sido aceptado por el coordinador-tutor del proyecto al que se asigna la beca. En este sentido, deberán presentar un documento con el visto bueno del Director del centro en el que se desarrolle el proyecto.

2. Becas predoctorales:

a) Podrán solicitar estas becas los titulados de grado superior españoles, los de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o aquellos otros titulados que sean ciudadanos originarios de los países iberoamericanos.

b) Deberán tener aprobadas todas las asignaturas requeridas para la obtención de los títulos de Licenciado o Ingeniero por una Escuela Técnica Superior.

c) La fecha de finalización de los estudios no podrá ser anterior en más de tres años a la de la convocatoria. Excepcionalmente, se podrán aceptar candidatos con fecha de terminación de estudios anterior, si el Presidente del INIA considera suficientes las razones que hayan concurrido para justificar el retraso en el comienzo de la formación investigadora.

d) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos, debiendo quedar este hecho justificado documentalmente en el momento de solicitar la beca.

Artículo 3. Obligaciones de los beneficiarios.

1. Cumplir con las normas generales del centro de investigación donde se realice su formación, con el fin de no entorpecer la marcha de los centros, pero sin que ello implique relación laboral alguna.

2. Ejecutar con aprovechamiento el plan de formación que le señale el tutor, en relación con el tema de la beca.

3. Enviar a la Secretaría General del INIA, en las fechas que se solicite, informes de la labor realizada y del grado de cumplimiento del programa establecido, que deberá llevar el conforme del tutor y el visto bueno del Director del centro de investigación correspondiente.

4. En todo caso, remitirá a la Secretaría General del INIA un informe anual, antes del 15 de noviembre de cada año, conforme a lo indicado en el punto anterior, que servirá para valorar la posible renovación de la beca.

5. Al finalizar la beca, dentro de los dos meses siguientes y con los mismos requisitos antes señalados, deberán presentar una memoria a la Secretaría General del INIA, que comprenda la totalidad de la labor realizada y sus conclusiones, incluyendo copia de la tesis doctoral y de los trabajos que se hayan podido publicar.

6. En el caso de que deseen renunciar a la beca, los becarios están obligados a comunicarlo por escrito al Director del centro en el que desarrollan su actividad y a la Secretaría General del INIA, con la mayor antelación que les sea posible. Si se generaran percepciones indebidas, el becario quedará obligado a reembolsarlas en el plazo máximo de quince días, contado a partir del día siguiente del asiento en su cuenta corriente, y comunicar documentalmente su devolución a la Habilitación General del INIA. En caso de que no se hubiera realizado el reembolso, el INIA podrá instar la incoación del correspondiente expediente para el cobro del pago indebido.

7. Los beneficiarios de las becas están obligados a hacer constar en cualquier publicación que sea consecuencia directa de las mismas dicha circunstancia, así como que fueron financiadas por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA).

Artículo 4. Régimen de incompatibilidades.

La adjudicación de estas becas crea incompatibilidad con cualquier otra beca, ayuda o trabajo remunerado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado o de las Comunidades Autónomas o, en general, con la percepción de cualquier tipo de ingreso proveniente del sector público.

Artículo 5. Suspensión de las becas.

No se admitirán interrupciones de las becas, salvo en casos excepcionales que se consideren debidamente justificados por el Presidente del INIA, a propuesta de la Secretaría General y previo informe del centro. En este caso, el beneficiario pasará a la situación de suspensión de beca por un período determinado, durante el cual dejará de percibir el estipendio correspondiente, pero este tiempo se podrá incrementar a la fecha prevista para la finalización de la beca. Durante este período, el becario será dado de baja de las respectivas pólizas de seguros.

Salvo resolución expresa del Presidente del INIA, el período máximo de suspensión durante el disfrute total de la beca no podrá sobrepasar los doce meses.

Artículo 6. Centros de investigación.

El desarrollo de las becas se realizará en los centros de investigación señalados en los correspondientes anexos I y II, que por la presente Orden se convocan.

Artículo 7. Características del desarrollo de la beca.

1. Los becarios podrán desplazarse, por un período máximo de tres meses anuales, a otros centros nacionales o extranjeros, con el fin de ampliar conocimientos de técnicas y metodologías de equipos pioneros, siempre que el desarrollo de la beca así lo aconseje y el informe del tutor sea favorable. La Subdirección General de Investigación y Tecnología del INIA o las Direcciones de los centros de investigación aprobarán el desplazamiento, debiendo comunicar esta circunstancia a la Secretaría General del INIA con vistas a la planificación económica y administrativa de estas «estancias en formación». Así mismo, los becarios podrán asistir, previa autorización e informe, a congresos y reuniones científicas de corta duración. El INIA colaborará con la cantidad máxima equivalente a dos mensualidades por becario y año para estas actividades. Las indemnizaciones de los gastos ocasionados por estas actividades serán las señaladas para el grupo 2, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, revisado por la Resolución de la Comisión Interministerial de Retribuciones, de 22 de marzo de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 26).

2. Las becas dispondrán de una «ayuda institucional». Su cuantía será de un 5 por 100 del estipendio anual del becario. Se destinará para sufragar los gastos generales ocasionados al centro receptor por la adopción del becario, material fungible y pequeño equipo. A criterio de la Subdirección General de Investigación y Tecnología del INIA o las Direcciones de los centros de investigación, esta ayuda podrá destinarse, en todo o en parte, para colaborar en los gastos ocasionados por la asistencia del becario a reuniones científicas o estancias de formación, de acuerdo con lo expresado anteriormente.

3. Si durante el primer año de desarrollo de la beca el beneficiario causara baja o renunciase a la misma, el suplente situado en primer lugar podrá acceder a la condición de titular.

4. El INIA les reintegrará el desembolso por ellos realizados en concepto de matriculación en Universidades y Escuelas Técnicas de los cursos necesarios para obtener su doctorado, con cargo a las dos mensualidades señaladas en el punto 1.

5. Si las necesidades de formación de las becas de tipo postdoctoral así lo requieren, el becario podrá disfrutar de un período de formación en el extranjero, no superior al 50 por 100 del tiempo que le reste para finalizar su beca. La propuesta se realizará por el coordinador del proyecto, con el visto bueno del Director del centro de investigación correspondiente, y se tramitará a la Secretaría General del INIA para su planificación económica y administrativa, que la elevará al Presidente del INIA para la resolución procedente. Finalizado dicho período, el beneficiario se incorporará a su proyecto de destino. Este período no variará el previsto para la finalización de la beca.

Artículo 8. Duración de las becas.

1. Las becas se concederán por períodos de tiempo que finalizarán con el año civil, pudiendo ser renovadas, a petición del interesado, por períodos anuales, salvo que se establezca un plazo menor.

2. En el caso de las becas predoctorales, la duración total no podrá superar los treinta y seis meses. No obstante, las becas podrán prorrogarse excepcionalmente bajo circunstancias estrictamente justificadas por un período adicional de doce meses más como máximo. En todo caso, dado que la finalidad de estas becas es la obtención del título de Doctor, finalizarán en la fecha en la que el beneficiario obtenga la aprobación del Tribunal Calificador.

3. Las becas postdoctorales tendrá una duración máxima de dieciocho meses, contados a partir de la fecha de inicio.

Artículo 9. Dotación de las becas.

1. Las becas predoctorales tendrán una consignación de 124.000 pesetas íntegras mensuales, que serán abonadas a los respectivos beneficiarios por meses vencidos, estando sometidas a las retenciones establecidas en el Real Decreto 2539/1994, de 29 de diciembre.

2. Las becas postdoctorales tendrán una dotación de 155.000 pesetas íntegras mensuales, con idénticas características señaladas para las becas predoctorales.

3. Durante el período de desarrollo en el extranjero, las becas post-doctorales tendrán las dotaciones mensuales siguientes:

Estados Unidos: 1.650 dólares.

Francia: 9.000 francos franceses.

Gran Bretaña: 1.060 libras esterlinas.

Otros países: 210.000 pesetas.

Los becarios residentes en Estados Unidos, Francia o Gran Bretaña percibirán sus estipendios mensuales a través de las agencias de los respectivos países (Office of International Cooperation and Development/ United States Department of Agriculture, Centre Internacional des Etudiants et Stagiaires y British Council), en virtud de los Convenios establecidos a tal efecto. Los residentes en el resto de los países en los que se pudiera estar desarrollando la beca los percibirán en España a través de transferencias efectuadas por la Habilitación General del INIA a la entidad bancaria que proporcione el beneficiario.

Durante el tiempo de realización de la actividad amparada por la beca, tanto en centros españoles como en centros extranjeros, el INIA contratará un seguro de asistencia médica y accidentes a favor del beneficiario. En el caso particular de becarios que realicen la estancia en el extranjero y perciban el estipendio en España, deberán remitir, en el plazo de quince días a contar desde el día de incorporación, a la Secretaría General del INIA una copia compulsada de la póliza del seguro de asistencia médica y accidentes suscrita al efecto para su aprobación, si procede.

En el caso de que la actividad se desarrolle en el extranjero, el becario recibirá el importe originado por el desplazamiento desde el lugar de origen hasta el de destino, justificado mediante los correspondientes billetes. El viaje de vuelta se abonará al final del desarrollo de la beca. El INIA podrá financiar, en todo o en parte, el desplazamiento del cónyuge e hijos del becario, previo presentación del justificante del viaje.

4. La cantidad que se abone a los becarios en ningún caso tendrá carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica. En el último año de disfrute de la beca, el INIA podrá condicionar el abono del último pago al cumplimiento del punto 5 del artículo 3 de la presente Orden.

Artículo 10. Solicitudes.

1. Las solicitudes se formularán en el modelo de instancia que se incluye como anexo III y deberán ser acompañadas de los siguientes documentos:

Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Certificación académica oficial en la que figuren las calificaciones obtenidas y fechas de las mismas. En el momento de la solicitud, los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos, lo que deberá estar justificado documentalmente. Los candidatos seleccionados deberán aportar los originales de estas certificaciones para su consulta.

Currículum vitae, con mención de las becas disfrutadas con anterioridad y resultados obtenidos.

Titulaciones o documentos acreditativos de conocimiento de idiomas. Otros documentos acreditativos de méritos relevantes a la selección de los aspirantes.

En el caso de las solicitudes a becas de tipo postdoctoral, documento acreditativo de estar en posesión del título de Doctor y de la aceptación del coordinador-tutor del proyecto cuya beca solicita, con el visto bueno del Director del centro.

2. Las solicitudes se dirigirán al ilustrísimo señor Presidente del INIA y deberán tener entrada en el Registro General del mismo, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

3. Los interesados podrán solicitar hasta un máximo de dos becas.

4. A partir de los veinte días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se hará pública una relación de las peticiones incompletas.

Los interesados dispondrán de un plazo improrrogable de diez días hábiles, a partir del día de la publicación de dicha relación, para subsanar las solicitudes defectuosas o presentar la documentación requerida. Si en este plazo no se produjese la subsanación, se entenderá desistido de su petición, archivándose la solicitud sin más trámite.

Los lugares donde será expuesta la citada relación son los siguientes:

INIA, calle José Abascal, 56, sexta planta, 28003 Madrid.

INIA, Subdirección General de Investigación y Tecnología, carretera de A Coruña, kilómetro 7,5, 28040 Madrid.

CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.

CIFA, «Las Torres y Tomejil», Alcalá del Río (Sevilla).

CIFA, «Cortijo de la Cruz», Churriana (Málaga).

SIA-DGA, carretera Montañana, kilómetro 176, Zaragoza.

CIATA, carretera de Oviedo, sin número, Villaviciosa (Asturias).

ICIA, La Laguna (Tenerife).

Centro Regional Apícola-Marchamalo (Guadalajara).

SITAA, finca (Zamadueñas), carretera de Burgos, kilómetro 118, Valladolid.

Centro UdL-IRTA, Alcalde Rovira Roure, 117, Lleida.

SIDT, finca «La Orden», carretera N-V, kilómetro 374, Badajoz.

CIAM, carretera Betanzos-Santiago, kilómetro 8, A Coruña.

IMIA, finca «El Encín», carretera N-II, kilómetro 38,200, Alcalá de Henares (Madrid).

CIDA, «Estación Sericícola», La Alberca (Murcia).

Universidad Pública de Navarra-Pamplona (Navarra).

CIMA-SIMA, calle Berreaga, 1, Derio (Vizcaya).

CIMA-SIMA, Granja Modelo Arkaute (Álava).

IVIA, carretera Moncada-Náquera, kilómetro 4,5, Moncada (Valencia).

Artículo 11. Instrucción.

El órgano competente para la instrucción será la Secretaría General del INIA, la cual solicitará de oficio cuantos informes estime necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

Artículo 12. Evaluación de las solicitudes.

Terminado el plazo de recepción de solicitudes, la Secretaría General del INIA enviará a cada uno de los tutores las solicitudes que les afecten, para que las ordenen según los criterios de prioridad aplicables.

Establecida la jerarquización correspondiente, el Presidente del INIA podrá designar un grupo de trabajo, integrado por especialistas, que estudiará las solicitudes recibidas y elevará al Presidente la correspondiente propuesta de resolución.

Artículo 13. Resolución.

1. El Presidente del INIA resolverá en el plazo máximo de quince días desde la elevación de la propuesta. La resolución será motivada.

2. La concesión de las becas estará condicionada al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3.

3. Contra la Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Artículo 14. Plazo máximo de resolución del procedimiento.

El plazo máximo para resolver el procedimiento será de seis meses desde la finalización del período de presentación de instancias. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá que la misma es desestimatoria.

Artículo 15. Notificación y publicación.

La resolución de concesión será notificada a los beneficiarios de las becas, que comunicarán su aceptación o renuncia al Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria en el plazo de siete días hábiles; asimismo, será notificada su condición a los candidatos suplentes.

El nombre del beneficiario y suplentes seleccionados se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992.

Artículo 16. Incumplimiento.

La constatación del incumplimiento de los requisitos necesarios o de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la beca podrá dar lugar a la extinción del derecho a su disfrute o a la modificación de la resolución de la concesión, al reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, a la incoación del correspondiente expediente sancionador, conforme a lo previsto en los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

Disposición adicional primera.

En lo no regulado por la presente Orden, el procedimiento a seguir para la concesión de las becas se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas.

Disposición adicional segunda.

La financiación de las becas convocadas por la presente Orden se efectuará con cargo al concepto presupuestario 780 del presupuesto de gastos del INIA, aprobado por la Ley 65/1997, de 30 de diciembre (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 31), y podrán ser cofinanciadas, en lo que se refiere a las regiones clasificadas de Objetivo 1, por el Fondo Social Europeo.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será difundida por Internet a través de la página «web» del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria: WWW.INIA.ES.

Madrid, 21 de julio de 1998.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Subsecretario y Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

ANEXO I
Predoctorales
N.º Tema Tutor/Cotutor Centro receptor
1 Estudio de las técnicas de inoculación artificial de virus para la evaluación de resistencias de los recursos fitogenéticos hortícolas. Álvarez, J.M./Luis, Marisol. SIA-DGA Zaragoza.
2 Modelización del regadío para su análisis económico y medioambiental. Albiac Murillo, José. SIA-DGA Zaragoza.
3 Etiología y epidemiología del «falso mal del Panamá» y del «síndrome de oquedad» de la platanera canaria. Hernández Hernández, Julio. ICIA La Laguna (Tenerife).
4 Diversidad patogénica y genética de las poblaciones de nematodos lesionadores de las plataneras en Canarias. Jaizme Vega, María del Carmen. ICIA La Laguna (Tenerife).
5 Alternativas de laboreo de conservación para agricultura de zonas semiáridas. Sombrero Sacristán, Aurora. SITAA, finca «Zamadueñas» Valladolid.
6 Selección clonal y sanitaria de variedades de vid. Yuste Mompin, Jesús. SITAA, finca «Zamadueñas» Valladolid.
7 Las semillas del género «quercus» destinadas a forestación. Vázquez Pardo, Francisco María. SIDT, finca «La Orden» Badajoz.
8 Evaluación de dietas de ganado vacuno lechero en pastoreo. Flores Calvete, Gonzalo. CIAM Mabegondo (A Coruña).
9 Adaptación y variabilidad de plantas procedentes de embriogénesis. Toribio Iglesias, Mariano. IMIA, finca «El Encín» Alcalá de Henares (Madrid).
10 Mejora de la inseminación artificial de ganado caprino de raza murciana/granadina y caracterización del producto de calidad «Queso al vino». Falagán Prieto, Adolfo. CIDA «Estación de Guadalupe». La Alberca (Murcia).
11 Influencia del material vegetal y de las técnicas de elaboración en la estabilidad del color de los vinos tintos de Monastrell. Martínez, A. Gómez, Encarna. CIDA «Estación Sericícola» La Alberca (Murcia).
12 Estudio de las vías epidemiológicas de transmisión de fuego bacteriano en Navarra y País Vasco mediante la caracterización genotípica de aislados de «Erwinia Amylovora». Morillo, Jesús. UPN Pamplona (Navarra).
13 Evolución del desarrollo del tejido graso de terneros en cebo de siete razas autóctonas españolas de aptitud para carne sacrificados a diferentes pesos vivos. Purroy Unanua, Antonio. UPN Pamplona (Navarra).
14 Resistencia de «Lolium Rigidum» a herbicidas utilizados en cereales. García Baudín, José María. SGIT-INIA Dep. Protección Vegetal Madrid.
15 Estudio de las incompatibilidades en las diferentes combinaciones injerto/patrón en cítricos. Forner Valero, Juan B. IVIA Moncada (Valencia).
16 Estudio de recubrimientos comestibles en algunos productos hortofrutícolas. Del Río Gimeno, Miguel Ángel. IVIA Moncada (Valencia).
ANEXO II
Postdoctorales
N.º Proyecto Tutor/Coordinador Centro receptor
1 CAO97-009/Riego del olivar: Obtención de las funciones de producción y estudio de las respuestas a riegos por goteos deficitarios. Pastor Muñoz-Cobo, Miguel. CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.
2 CAO97-001-C11-01/Caracterización del banco de germoplasma: Análisis de las descendencias de cruzamiento y ensayos comparativos de olivo por caracteres agronómicos. Caballero Reig, Juan Manuel. CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.
3 CAO97-014/Estrategias de fertilización en el olivar compatibles con el medio ambiente. Navarro García, Carlos. CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.
4 SC97-005-C2-1/Mejora genética de leguminosas grano (habas, garbanzos y guisantes) mediante el uso de métodos convencionales y biotecnológicos. Moreno Yangüela, María Teresa. CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.
5 CAO97-017-C4-2/Utilización de lodos de depuradoras en la conservación del suelo de los olivares y como enmienda orgánica. González Fernández, Pedro. CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.
6 SC97-006/Valoración de la incidencia de acciones de diversificación de la renta agraria sobre la economía de las explotaciones rurales. Ruiz Avilés, Pedro. CIFA, «Alameda del Obispo», Córdoba.
7 SC97-130/Alternativas al uso convencional de bromuro de metilo respetuosas con el medio ambiente y viables económicamente. Aspectos económicos. López, J. Manuel/Calatrava, J. CIFA, «Camino de Purchil», Granada.
8 SC97-004/Mejora genética del algodón. «Gossypium Hirsitum L.». Evaluación de líneas avanzadas, conservación de material de élite y estudios genéticos. Gutiérrez Mas, Juan Carlos. CIFA, «Las Torres Tomejil», Sevilla.
9 SC97-109-C2-2/Obtención de variedades de arroz: Nuevos tipos de plantas. Aguilar Portero, Manuel. CIFA, «Las Torres Tomejil», Sevilla.
10 CA097-002/Influencia del suministro de agua de riego y de la época de recolección de la aceituna en la calidad de aceite de oliva. Faci González, José María. SIA-DGA, Zaragoza.
11 SC96-093-C2-1/Análisis de la estabilidad estructural y técnicas de mejora de suelos de regadío en la cuenca media del Ebro. Aragües Lafarga, Ramón. SIA-DGA, Zaragoza.
12 SC97-028/Caracterización y mejora del brandy de sidra. Mangas Alonso, Juan José. CIATA, Villaviciosa (Asturias).
13 SC98-107/Mejora de la productividad de frutales tropicales complementarios a la platanera en Canarias. Galán Sauco, Víctor. ICIA, La Laguna (Tenerife).
14 SC96-028-C3-2/Obtención de nuevas variedades de cebada de calidad para condiciones de agricultura sostenible. Montoya Moreno, J. Luis. SITAA, finca «Zamadueñas» (Valladolid).
15 SC97-035/Propuesta para el control integral de varroasis en la actual situación española. Llorente Martínez, Jesús. Centro Regional Apícola Marchamalo (Guadalajara).
16 SC97-141/Determinación de los factores de campo para establecer un modelo de predicción del riesgo de aparición de alteraciones en la postcosecha de manzanas. Viñas Almenar, Inmaculada. UdL-IRTA, Lleida.
17 SC97-072/Uso de aditivos biológicos en la mejora de la calidad de los ensilados de hierba en Galicia para la producción de leche. González Arráez, Antonio. CIAM, Mabegondo (A Coruña).
18 XM0398/Fermentación de quesos. Montserrat Bermejo, Lorenzo. CIAM, Mabegondo (A Coruña).
19 SC96-038/Estudio sobre la entigenemia, coproantígenos y niveles de anticuerpos en las distintas fases de la fasciolosis bovina experimental y su aplicación al diagnóstico de infecciones naturales. Meezo Menéndez, Mercedes. CIAM, Mabegondo (A Coruña).
20 SC97-084/Aplicación de la biotecnología a la descontaminación de suelos agrícolas. Lobo Bedmar, María del Carmen. IMIA, finca «El Encín», Alcalá de Henares (Madrid).
21 SC98-031-C3-1/Control de la erosión y de la degradación física en suelos agrícolas. Bienes Allas, Ramón Arturo. IMIA, finca «El Encín», Alcalá de Henares (Madrid).
22 SC96-012-C4-1/Reducción del uso de herbicidas mediante la utilización de sistemas de optimización de dosis y de su integración con el uso de métodos culturales de control. Navarrete Martínez, Luis. IMIA, finca «El Encín», Alcalá de Henares (Madrid).
23 SC95-005/Variabilidad ecológica y genética de la trucha común («Salmo Trutta L.») en el Sistema Central. Directrices de gestión y conservación. Almodóvar Pérez, Ana. IMIA, finca «El Encín», Alcalá de Henares (Madrid).
24 SC97-105-C5-2/El bronceado del tomate (TSWV, Tomato Spotted Wilt Virus) en los cultivos de tomate y pimiento. Costa García, Joaquín. CIDA «Estación Sericícola», La Alberca (Murcia).
25 INIA-SC-97-077-C5-3/Intensificación de la producción forrajera: Control medioambiental. Rodríguez Julia, Marta. CIMA-SIMA, Derio (Vizcaya).
26 FAIR-CT97-3565/Mapas genéticos de alta densidad en patata y marcadores moleculares para genes de resistencia contra nematodos del quiste de la patata. Ritter, Enrique. CIMA-SIMA, Granja Modelo, Arkaute (Álava).
27 INCO-PL972713/Explotación de la biodiversidad genética de especies silvestres para la mejora de patata a resistencia duradera contra mildiu mediante hibridación somática. Ruiz de Calerreta, José I. CIMA-SIMA, Granja Modelo, Arkaute (Álava).
28 SC98-081/Propagación clonal de árboles selectos vía embriogénesis somática en «Quercus Suber L.» para reforestación. Bueno Pérez, María Ángeles. CIFOR-INIA, Madrid.
29 SC98-019-C2-2/Obtención de nuevas variedades de guisante proteaginos adaptadas a condiciones semiáridas. Ayerbe Mateo-Sagasta, Luis. CIFOR-INIA, Madrid.
30 SC98-099-C2-1/Desarrollo de vacunas comestibles contra el virus de la fiebre hemorrágica del conejo (RHDV) usando un vector viral para plantas basado en potyvirus del mosaico del nabo. Ponz Ascaso, Fernando. SGIT-INIA, Dep. Mej. Genética y Biotegnolog., Madrid.
31 SC97-020-C2-1/Mejora de la eficacia de la transferencia y de la congelación de embriones ovinos y caprinos producidos «in vivo» o «in vitro». López Sebastián, Antonio. SGIT-INIA, Dep. Reg. Animal y Cons. Rec. Zooge., Madrid.
32 CAM-07B/006/97/Transformación de la línea germinal porcina. Optimización de la producción de animales genéticamente modificados. Pintado Sanjuanbenito, María Belén. SGIT-INIA, Dep. Reg. Animal y Cons. Rec. Zooge., Madrid.
33 CAM-07B/007/97/Estudio de los parámetros seminales y conservación del esperma de ungulados salvajes en el Zoo de Madrid. Fuente Martínez, Julio de la. SGIT-INIA, Dep. Reg. Animal y Cons. Rec. Zooge., Madrid.
34 SC98-096/Sabor y aroma de los quesos de oveja con denominación de origen. Fernández García, Estrella. SGIT-INIA, Dpt. Tecnolog, de los Alimentos., Madrid.
35 SC97-103/Desarrollo de métodos de diagnóstico para la determinación de la tolerancia a sensibilidad de diferentes combinaciones injerto/patrón en cítricos. Guerri Sirera, José. IVIA, Moncada (Valencia).
36 SC97-098/Estudio de los determinantes de patogenicidad del virus de la tristeza de los cítricos (CTV) y su utilización para el control de la enfermedad. Moreno González, Pedro. IVIA, Moncada (Valencia).
37 SC97-108/Caracterización molecular de la variabilidad poblacional de los viroides que causan la exocostis y la xiloporosis de los cítricos. Durán Vila, Nuria. IVIA, Moncada (Valencia).
ANEXO III
Modelo de solicitud

(Cada petición debe ir acompañada por toda la documentación)

Apellidos.........................................................................

Nombre...........................................................................

Fecha de nacimiento........................... DNI...........................

Con domicilio en.................................................................

Código postal................... Ciudad.......................................

Teléfono.................., y con el título de....................................

por la Universidad de............................................................

Solicita le sea concedida la beca de formación de investigadores de tipo:

Predoctoral............ Número............

En el tema/proyecto número....................................................

.....................................................................................

Postdoctoral........... Número...........

En..........................., a......... de.................. de 1998.

(Firma)

Documentos que acompaña (marque con una X):

☐ Fotocopia del DNI o pasaporte.

☐ Certificación académica en la que figuren las calificaciones obtenidas y fechas de las mismas. Los títulos conseguidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos, lo que deberá estar justificado documentalmente.

☐ Documento acreditativo de estar en posesión del título de Doctor (en el caso de beca postdoctoral).

☐ Documentos de aceptación del coordinador del proyecto donde figure el nombre del tutor responsable de la beca y el visto bueno del Director del centro (en el caso de beca postdoctoral).

☐ Currículum vitae, con mención de las becas disfrutadas con anterioridad y resultados obtenidos.

☐ Titulaciones o documentos acreditativos de conocimiento de idiomas. Otros documentos acreditativos de méritos relevantes a la selección de los aspirantes.

Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria. Calle José Abascal, número 56, 28003 Madrid.

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