A los efectos de la autorización preceptiva para la inscripción en los
Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola de los tractores que se citan,
con homologación CEE, según lo dispuesto en la Directiva 74/150/CEE,
y en virtud de lo establecido en el Real Decreto 2028/1986, y en las Órdenes
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de febrero de
1964, de 27 de julio de 1979 y de 28 de mayo de 1987,
Esta Dirección General resuelve:
1. Autorizar la inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria
Agrícola de los tractores:
Marca "Fendt", modelo Farmer 307 C 2RM, e1-74/150-0084.
Marca "Fendt", modelo Farmer 307 C 4RM, número de recepción
e1-74/150-0084.
Marca "Fendt", modelo Farmer 308 C 4RM, número de recepción
e1-74/150-0085.
Marca "Fendt", modelo Farmer 308 C 4RM, número de recepción
e1-74/150-0085.
Marca "Fendt", modelo Farmer 309 C 4RM, número de recepción
e1-74/150-0086.
2. La potencia de inscripción de dichos tractores no ha sido declarada
por el fabricante.
3. Los citados tractores deberán ir equipados con la estructura de
protección:
Marca "Fendt", modelo 117.810, tipo cabina con dos puertas, con
contraseña de homologación número: e1-79/622-0033.
4. Los mencionados tractores quedan clasificados en el subgrupo 1.2
del anexo de la Resolución de esta Dirección General, publicada en el
"Boletín Oficial del Estado" de 22 de enero de 1981 por la que se desarrolla
la Orden de 27 de julio de 1979, sobre equipamiento de los tractores
agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para caso de
vuelco.
Madrid, 10 de julio de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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