Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 22 de diciembre
de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso
contencioso-administrativo número 1/864/1995, promovido por doña
Isabel Barreda Cánovas, contra resolución expresa de este Ministerio
desestimatoria del recurso ordinario formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos:
I) Estimar parcialmente el presente recurso
contencioso-administrativo interpuesto por doña Isabel Barreda Cánovas, frente a las resoluciones
que en el encabezamiento de esta sentencia se expresan, actos
administrativos que se anulan por su disconformidad al ordenamiento jurídico
en lo aquí discutido, debiéndose evacuar previamente a la resolución que
ponga fin al procedimiento disciplinario el trámite del artículo 10.3.3. o de
la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
II) No hacer pronunciamiento sobre costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 10 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,
"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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