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Documento BOE-A-1998-19091

Orden de 10 de julio de 1998 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de junio de 1998, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 1/4.918/1992, interpuesto por la Asociación Acción Familiar.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1998, páginas 26843 a 26843 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1998-19091

TEXTO ORIGINAL

En fecha 6 de marzo de 1998, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del

Tribunal Supremo dictó sentencia en recurso contencioso-administrativo

número 1/4.918/1992, interpuesto por la Asociación Acción Familiar contra

el artículo 8.2 del Real Decreto 1688/1991, de 22 de noviembre, por el

que se establecen las condiciones técnicas y sanitarias de los preservativos

de caucho y se declara obligatoria su homologación sanitaria.

La parte dispositiva de dicha Sentencia es del siguiente tenor:

"Fallamos: Que estimando la causa de inadmisibilidad aducida por el

Abogado del Estado, debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad

del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora

doña Ana Barallat López, en nombre de la entidad Asociación Acción

Familiar, contra el Real Decreto 1688/1991, de 22 de noviembre, artículo

8. Sin que haya lugar a expresa condena en costas."

El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la

Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de

diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que digo a V. I. a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,

"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón

Leal.

Ilmo. Sr. Director general de Farmacia y Productos Sanitarios.

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