Mediante Resolución de 4 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), se convocó concurso específico de méritos
para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario
de Administración y Servicios, adscritos a los grupos A, B, C y D.
La base novena, punto 1, de la citada Resolución establece
que dicha convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos
meses, contados desde el día siguiente al día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Dada la complejidad del proceso de recepción y valoración
de las solicitudes presentadas y teniendo en cuenta la especial
circunstancia del período vacacional en que se desarrolla, a
propuesta de la Comisión de Valoración se acuerda ampliar en dos
meses el plazo de resolución del concurso, considerándose el mes
de agosto inhábil a estos efectos.
Por otro lado, una vez valorados los méritos alegados por los
concursantes a algunos de los puestos convocados, según lo
establecido por las bases de la convocatoria, y de conformidad con
la propuesta de adjudicación de puestos de trabajo formulada por
la Comisión de Valoración del presente concurso, en cumplimiento
del artículo 46.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, esta
Universidad acuerda:
Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración
de méritos y resolver parcialmente el concurso específico de
méritos citado, adjudicando los puestos de trabajo adscritos que se
relacionan en el anexo a los candidatos que igualmente se
especifican en el anexo de esta Resolución.
Segundo.-Los interesados deberán tomar posesión del nuevo
destino obtenido en el plazo de tres días hábiles, si el nuevo destino
no implica el cambio de residencia del funcionario, o de un mes,
si implica cambio de residencia del funcionario o comporta el
reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión empezará
a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación
de la presente Resolución. Si la resolución del concurso comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
computarse desde la publicación de la presente Resolución.
Tercero.-El cómputo del plazo para el cese no se iniciará
mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan
sido concedidos a los interesados, salvo que, de conformidad con
lo establecido en el artículo 48.3 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, se acuerde por causa justificada suspender el
disfrute de los mismos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados
a partir del día de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado", previa la preceptiva comunicación al Rector
de la Universidad "Carlos III" de Madrid, en cumplimiento de lo
que establece el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Getafe, 23 de julio de 1998.-El Gerente, Rafael Zorrilla Torrás.
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