Por una Resolución del Director general del Patrimonio Artístico
de 18 de noviembre de 1983 ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"
de 1 de agosto de 1984), se incoó expediente para la declaración de
monumento histórico-artístico a favor de la ermita de la Mare de Déu del Cós,
en Montagut (Garrotxa);
Visto el informe desfavorable a la declaración de la ermita de la Mare
de Déu del Cós, emitido en fecha 19 de noviembre de 1997 por el Consejo
Asesor del Patrimonio Cultural Catalán, en el que se hace constar que
los valores culturales de dicha iglesia son sólo destacables desde el punto
de vista local, pero no en el ámbito del patrimonio arquitectónico de
Cataluña;
Considerando el artículo 8.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre,
del Patrimonio Cultural Catalán, que exige el informe favorable del Consejo
Asesor del Patrimonio Cultural Catalán para que se declare un bien cultural
de interés nacional;
Considerando que se ha dado audiencia a los interesados y que no
se ha presentado ninguna alegación,
Resuelvo:
1. Archivar el expediente de declaración de bien cultural de interés
nacional de la ermita de la Mare de Déu del Cós, en Montagut, y, en
consecuencia, dejar sin efecto la Resolución de 18 de noviembre de 1983,
por la que se incoaba el expediente referenciado.
2. Notificar la presente Resolución a los interesados, dar traslado
al Ayuntamiento de Montagut y hacerle saber que se levanta la suspensión
de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en
las zonas afectadas y los efectos de las licencias ya otorgadas.
Barcelona, 3 de julio de 1998.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.
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