En el recurso contencioso-administrativo número 5/30/1996, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por doña Eulalia González Tostado, doña Teresa Martínez Santos, don Andrés Collado Fernández, don José Luis Tapia Vicente y doña Pilar García de la Torre, contra la Administración General del Estado, sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 15 de junio de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por la Abogacía del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Ramón de Román Díez, en nombre y representación de doña Eulalia González Tostado, doña Teresa Martínez Santos, don Andrés Collado Fernández, don José Luis Tapia Vicente y doña Pilar García de la Torre, contra las resoluciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de 10 y 13 de noviembre, 1 de diciembre, todas ellas de 1995, y 25 de enero de 1996, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas son conformes a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 18), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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