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Documento BOE-A-1998-19441

Orden de 20 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, dictada con fecha 12 de marzo de 1998, en el recurso número 5/1.920/1995, interpuesto por doña María Esther Rivas Polo y 13 más.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27346 a 27346 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-19441

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 5/1.920/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por doña María Esther Rivas Polo, doña Victoria Cánovas López, doña Francisca Gonzalo Puebla, doña María Luisa Lamela Díaz, don Antonio Alemán Sempere, don Rafael Valle Garagorri, don Servando de la Torre Fernández del Pozo, doña Laura Miranda Páez, doña Resurrección Rizo Rodríguez, don Rafael Rovira Perea, don Ramón Colera Jiménez, don Manuel Ignacio Durán León, doña María del Sagrario Cervilla González y doña Rosario Chacón Carrizo, contra la Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 12 de marzo de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos:

Primero.

Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado.

Segundo.

Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña María Esther Rivas Polo, doña Victoria Cánovas López, doña Francisca Gonzalo Puebla, doña María Luisa Lamela Díaz, don Antonio Alemán Sempere, don Rafael Valle Garagorri, don Servando de la Torre Fernández del Pozo, doña Laura Miranda Páez, doña Resurrección Rizo Rodríguez, don Rafael Rovira Perea, don Ramón Colera Jiménez, don Manuel Ignacio Durán León, doña María del Sagrario Cervilla González y doña Rosario Chacón Carrizo, contra Resoluciones del Ministro de Asuntos Exteriores de fechas 5 de junio y 4 de julio de 1995, que se confirman por ser ajustadas a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.

Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de julio de 1998.‒P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 18), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.

Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.

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