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Documento BOE-A-1998-19443

Orden de 20 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, dictada con fecha 22 de diciembre de 1997, en el recurso número 5/2.017/1995, interpuesto por doña María Gómez Mansó y 13 más.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27347 a 27347 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-19443

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 5/2017/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por doña María Gómez Mansó, doña Dolores Costa Herreros, don Jesús Agustín Gómez Blanco, don Francisco Rodríguez Aracil, don Luis de la Torre de Andrés, don José Miguel Noguerales Rubio, doña María Jesús Esparza Pereira, doña María Mercedes Padilla Ventura, doña Carmen Hernández Maza, don Javier Criado Jiménez, doña Celia Aramburu Pérez, doña Francisca Sabio Díaz, doña María Teresa Gómez Santamaría y don Carlos Miguel López-Boado Crespo, contra la Administración General del Estado sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 22 de diciembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por la Abogacía del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña María Gómez Mansó, doña Dolores Costa Herreros, don Jesús Agustín Gómez Blanco, don Francisco Rodríguez Aracil, don Luis de la Torre de Andrés, don José Miguel Noguerales Rubio, doña María Jesús Esparza Pereira, doña María Mercedes Padilla Ventura, doña Carmen Hernández Maza, don Javier Criado Jiménez, doña Celia Aramburu Pérez, doña Francisca Sabio Díaz, doña María Teresa Gómez Santamaría y don Carlos Miguel López-Boado Crespo, contra las Resoluciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de 5 de junio de 1995, debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 18), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.

Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.

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