En el recurso contencioso-administrativo número 711/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Fiat, Societa per Azioni, actuando como codemandado Fiatc Mutua de Seguros, contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 29 de noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 29 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Fiat SpA, representada por el Procurador de los Tribunales don Rafael Rodríguez Montaut contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 29 de noviembre de 1994 que, al estimar el recurso de reposición, concedió la marca número 1.583.268 Fiatc, con gráfico clase 1.ª del Nomenclátor, recurso en el que ha comparecido como codemandado Fiatc Mutua de Seguros, representada por el Procurador de los Tribunales don Jesús Iglesias Pérez, debemos declarar y declaramos no ajustada a Derecho la citada resolución, anulando la misma y ordenando la denegación de la marca concedida; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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