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Documento BOE-A-1998-19532

Orden de 23 de julio de 1998 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 17/1996, promovido por doña María Luz Gil Millán.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27418 a 27418 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-19532

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 5 de diciembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 17/1996, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Luz Gil Millán, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 26 de octubre de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 20 de junio de 1995, sobre denegación de autorización de tratamiento con técnica especial.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Luz Gil Millán, contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 20 de junio de 1995, que denegó la autorización de la intervención quirúrgica para la corrección de miopía mediante la técnica de “láser excimer”, así como frente a la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 26 de octubre de 1995, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra aquélla, debemos declarar y declaramos las mencionadas Resoluciones ajustadas a Derecho, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 23 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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