Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-19532

Orden de 23 de julio de 1998 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 17/1996, promovido por doña María Luz Gil Millán.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27418 a 27418 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-19532

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 5 de diciembre de 1997,

en el recurso contencioso-administrativo número 17/1996, en el que son

partes, de una, como demandante, doña María Luz Gil Millán, y de otra,

como demandada, la Administración General del Estado, representada y

defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para

las Administraciones Públicas, de fecha 26 de octubre de 1995, que

desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la

Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 20 de junio

de 1995, sobre denegación de autorización de tratamiento con técnica

especial.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente

pronunciamiento:

"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo

interpuesto por doña María Luz Gil Millán, contra la Resolución de la

Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 20 de

junio de 1995, que denegó la autorización de la intervención quirúrgica

para la corrección de miopía mediante la técnica de ªláser excimerº, así

como frente a la Resolución del Ministerio para las Administraciones

Públicas, de fecha 26 de octubre de 1995, desestimatoria del recurso ordinario

deducido contra aquélla, debemos declarar y declaramos las mencionadas

Resoluciones ajustadas a Derecho, sin hacer expresa imposición de las

costas procesales causadas."

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de

conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás

preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín

Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus

propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 23 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de

1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,

Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General

de Funcionarios Civiles del Estado.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid