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Documento BOE-A-1998-19549

Orden de 23 de julio de 1998 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 3/233/1996, promovido por don Vicenç M. Santalo I Burrul.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27423 a 27423 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-19549

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 21 de mayo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 3/233/1996, en el que son partes, de una como demandante, con Vicenç M. Santalo I Burrull, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 19 de febrero de 1996, que declaró inadmisible el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública de fecha 30 de noviembre de 1995, sobre bases generales y programas a que se ajustarán las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a las subescalas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.

Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 233/1996, interpuesto por la representación de don Vicenç M. Santalo i Burrull, contra el párrafo segundo del apartado b) de la base 7.ª de la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas Instituto Nacional de Administración Pública), de 30 de noviembre de 1995, por la que se aprueban las bases generales y los programas a que deberán ajustarse las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a las subescalas de funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.

Segundo.

No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 23 de julio de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de Administración Pública.

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