Visto el expediente de indulto de don Vicente Ruiz Aguilar, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de fecha 15
de mayo de 1995, como autor de un delito de contrabando, a la pena
de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 38.065.000
pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho
de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en
el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Vicente Ruiz Aguilar la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 10 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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