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Documento BOE-A-1998-19675

Resolución de 17 de julio de 1998, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 3/410/1996, interpuesto por doña María de los Desamparados Arto Delgado.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 1998, páginas 27576 a 27576 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-19675

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera)

de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/410/1996, interpuesto por

el Procurador don Antonio Puyol Ruiz, en nombre y representación de

doña María de los Desamparados Arto Delgado, contra Resolución de 15

de febrero de 1994, de la entonces Secretaría de Estado de Asuntos

Penitenciarios, por la que se acomodaba a la recurrente al puesto de trabajo

de Farmacéutico Servicios Periféricos (personal no escalafonado), en el

Centro Hospitalario de Madrid, como consecuencia de la modificación de

la RPT aprobada mediante Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión

Interministerial de Retribuciones de 26 de enero de 1994, la citada Sala

de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia

Nacional, ha dictado sentencia de 5 de mayo de 1998, cuya parte dispositiva

dice así:

"Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el

recurso contencioso-administrativo número 410/1996, interpuesto por doña

María de los Desamparados Arto Delgado, representada por el Procurador

don Antonio Pujol Ruiz, contra Resolución del Ministerio de Justicia de

fecha 15 de febrero de 1994 y contra la Resolución de la Comisión

Interministerial de Retribuciones de 26 de enero de 1994, descritas en el primer

fundamento de Derecho, actos que se confirman en el aspecto objeto de

recurso por ajustarse al ordenamiento jurídico.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios

términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 17 de julio de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.

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