Visto el expediente de indulto de don José Álvarez de Tolosa Larrañaga,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Tercera
de la Audiencia Provincial de San Sebastián que, en sentencia de fecha
29 de julio de 1995, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra
el Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián, de fecha 24 de noviembre
de 1994, le condenó, como autor de un delito de rehuse al cumplimiento
del servicio militar, a la pena de un año de prisión menor, con las accesorias
de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el
tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta
de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 17 de julio de 1998,
Vengo en indultar a don José Álvarez de Tolosa Larrañaga la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los
demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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