Visto el expediente de indulto de don Ivo Álvarez Amago, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid, en sentencia de fecha 12 de
marzo de 1996, como autor de un delito de quebrantamiento de condena,
a la pena de tres meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 17 de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Ivo Álvarez Amago la pena privativa de
libertad impuesta, por otra de noventa días-multa, a satisfacer en cuotas
diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será
determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a
cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente
Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid