Visto el expediente de indulto de don Pedro Díaz Romero, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Sala de lo Penal, Sección Primera de la Audiencia Nacional, en sentencia
de fecha 24 de mayo de 1982, como autor de un delito de expedición
de moneda falsa, a la pena de seis años y un día de prisión mayor y
multa de 400.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1980, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de julio
de 1998,
Vengo en conmutar a don Pedro Díaz Romero la pena privativa de
libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que
no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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