Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Julio Muñumer Ordóñez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de fecha 21 de julio de 1994, como autor de un delito de riesgo, a la pena de 300.000 pesetas de multa y privación del permiso de conducir por dos años, delito de atentado, a la pena de cuatro meses de arresto mayor, y una falta contra las personas, a la pena de cinco días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Julio Muñumer Ordóñez las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, por arresto de diez fines de semana, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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