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Documento BOE-A-1998-19831

Orden de 20 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso contencioso-administrativo número 2/734/1995, promovido por don Rosendo Sanz Ferrando.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 1998, páginas 27844 a 27844 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1998-19831

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada, con fecha de 20 de febrero de 1998, por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda), en el recurso contencioso-administrativo número 2/734/1995, promovido por don Rosendo Sanz Ferrando, contra Resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria del recurso ordinario formulado frente al requerimiento efectuado por la Subdirección General de Personal para la devolución de cierta cantidad percibida indebidamente por el recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos:

Primero. Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Rosendo Sanz Ferrando, contra la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo, de 30 de enero de 1995, por la que se desestima el recurso ordinario deducido contra el requerimiento efectuado el 20 de septiembre de 1994 por la Subdirección General de Personal del Ministerio de Sanidad y Consumo para la devolución de 780.115 pesetas.

Segundo. Confirmar los actos recurridos.

Tercero. No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.»

Lo que digo a V. I., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 20 de julio de 1998.–P. D. (Orden de 1 de julio de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 11), el Subsecretario de Sanidad y Consumo, Enrique Castellón Leal.

Ilmo. Sr. Secretario general técnico del Departamento.

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