La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 9 de diciembre de 1997,
en el recurso contencioso-administrativo número 1.979/1995, en el que
son partes, de una, como demandante, doña Eva Corbeira Pérez, y de
otra, como demandada, la Administración General del Estado,
representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para
las Administraciones Públicas de fecha 9 de agosto de 1995, que
desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 21 de julio
de 1994 sobre baja como mutualista voluntaria por impago de cuotas.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Estimando parcialmente el presente recurso
contencioso-administrativo interpuesto por doña Eva Corbeira Pérez contra la Resolución
de fecha 21 de julio de 1994 de la Mutualidad General de Funcionarios
Civiles del Estado, que acordó su baja como mutualista voluntaria, y le
reclamó el pago de 446.426 pesetas, así como frente a la de 9 de agosto
de 1995 del Ministerio para las Administraciones Públicas, que desestimó
el recurso ordinario deducido contra aquélla, debemos anular y anulamos
las citadas resoluciones únicamente en el particular relativo al importe
de la demanda, que se fijará, según lo expuesto en el penúltimo fundamento,
sobre siete mensualidades, en ejecución de sentencia, siendo menor que
el reclamado; confirmando los restantes pronunciamientos de los actos
recurridos; sin hacer imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado" para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 30 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de
1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado.
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