Suscrito, con fecha 20 de Junio de 1998, el Convenio de Colaboración
entre el Instituto de la Juventud y la Diputación General de Aragón, para
la realización de actividades de intercambio juvenil, y en cumplimiento
de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 21 de julio de 1998.-El Secretario general Técnico, Julio
Sánchez Fierro.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA
JUVENTUD Y EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE
LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN PARA LA REALIZACIÓN
DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO JUVENIL
En Madrid, a 20 de junio de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, Director
General del Instituto de la Juventud, nombrado por Real
Decreto 1100/1996, de 17 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 121,
del 18), en nombre y representación del Gobierno de la nación por
delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio
de 1995,
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Vicente Bielza de Ory,
Consejero del Departamento de Educación y Cultura de la Diputación
General de Aragón, en nombre y representación de la misma, en virtud de
la autorización otorgada por el Consejo de Gobierno.
EXPONEN
Primero.-Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido
en el Artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los
artículos 48 y 149.1.3. a de la Constitución, tiene, entre otros fines:
La ejecución de la política del Departamento respecto de la juventud,
en colaboración con los departamentos ministeriales y las
Administraciones Públicas cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.
El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en
materia de juventud.
Segundo.-Que el Departamento de Educación y Cultura, a través de
la Dirección General de Juventud y Deportes, tiene encomendado el
ejercicio de las competencias exclusivas que en materia de juventud
corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en su ámbito territorial,
de conformidad con el artículo 35.1.26 de su Estatuto de Autonomía.
Tercero.-Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en
materia de juventud, entre España y otros países, la realización de
programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial de
la Comunidad Autónoma de Aragón se hace necesario contar con la
colaboración de ésta.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
colaboración que se regirá por las siguientes estipulaciones:
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de
Aragón, para la realización de los programas de intercambio juvenil
aprobados por las Subcomisiones mixtas de Intercambio Juvenil y Programas
de Aplicación de los Convenios Culturales que se desarrollen en el ámbito
territorial de esta Comunidad Autónoma.
Segunda.-La colaboración a que se refiere la estipulación anterior se
realizará para la ejecución de los siguientes programas:
Subcomisión mixta hispano-alemana:
Programa A.26.
Encuentro en Zaragoza, durante siete días, sobre promoción del empleo
juvenil, con seis participantes alemanes. Ejecución a cargo de la Dirección
General de Juventud y Deportes.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 427.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Subcomisión mixta hispano-italiana:
Programa B.9 E.
Encuentro en Ejea de los Caballeros, durante siete días, sobre
programas de recuperación de toxicómanos, con cinco participantes italianos.
Ejecución a cargo de la Asociación de Padres y Amigos "El Arba".
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 290.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.14 E.
Encuentro en Zaragoza, durante siete días, sobre trabajo con
discapacitados, con cinco participantes italianos. Ejecución a cargo de la
Dirección General de Juventud y Deportes.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 290.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.16 E.
Encuentro en Aragón, durante siete días, sobre la contribución de los
jóvenes a la defensa del ambiente, con seis participantes italianos.
Ejecución a cargo de la Dirección General de Juventud y Deportes.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 348.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Tercera.-1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:
1.1 Del Instituto de la Juventud.
a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los
que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud,
determinando contenidos y condiciones generales para la realización de
los programas.
b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma
de Aragón para el desarrollo de las actividades.
c) Aportación de la cantidad máxima de un 1.355.000 pesetas, con
cargo al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal
aportación será librada por el Instituto de la Juventud "en firme, previa cuenta".
1.2 De la Comunidad Autónoma de Aragón.
Correrá a su cargo la ejecución de los programas a que se refiere la
estipulación anterior, aportando la infraestructura y los medios materiales
y personales necesarios para el desarrollo de los mismos.
2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la
Comunidad Autónoma de Aragón se hará conforme a las normas
económico-administrativas de aquél.
Cuarta.-Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá
al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga
las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.
Quinta.-El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre
de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las
obligaciones contraidas mediante el presente convenio, la otra podrá
denunciarlo y dar por resuelto aquél.
Sexta.-Este Convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de los establecido
en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.
Séptima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de su conformidad, firman las partes el presente convenio
en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el
lugar y fecha arriba indicados.
El Director general del Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno
Blanco.-El Consejero del Departamento de Educación y Cultura de la
Diputación General de Aragón, Vicente Bielza de Ory.
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