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Documento BOE-A-1998-20102

Resolución de 2 de julio de 1998, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 1.450/1995, interpuesto por doña Isabel Ortega Hernando.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 18 de agosto de 1998, páginas 28289 a 28289 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-20102

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

ha dictado una sentencia el 2 de marzo de 1998 en el recurso

contencioso-administrativo número 1.450/1995, interpuesto por doña Isabel

Ortega Hernando contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria de 12 de junio de 1995, que resolvió

el concurso para la provisión de puestos de trabajo convocado por otra

de 8 de marzo de 1995, respecto a los puestos números 10, 13, 94, 95,

96, 97 y 98.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el

pronunciamiento siguiente:

"Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo

número 1.450/1995, formulado por doña Isabel Ortega Hernando,

representada por la Letrada doña Lourdes Merchán Ruiz, contra la Agencia

Estatal de la Administración Tributaria, representada por el Abogado del

Estado, en impugnación de la Resolución de 12 de junio de 1995 por

la que se resolvía concurso para la provisión de puestos de trabajo

convocado por otra de 8 de marzo de 1995, y la anulamos en el solo particular

de la adjudicación de los puestos números 10, 94 y 95, debiendo proceder

la Administración a una nueva valoración de tales puestos en la que se

tenga en cuenta los cursos realizados y justificados por cada uno de los

concursantes a tales plazas; procediendo luego, con libertad de criterio,

a su adjudicación a quien aparezca con mayores méritos; todo ello con

el fundamento que se contiene en la presente sentencia y sin hacer expresa

declaración en materia de costas."

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de

la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes

de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el

cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada

sentencia.

Madrid, 2 de julio de 1998.-El Director general, José Aurelio García

Martín.

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