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De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo
que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme,
dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Aragón, Sección Segunda, en el recurso número 1.210/1995-B,
interpuesto por don Fernando Javier Rubio Novillo, sobre exclusión de
los turnos de Guardias de Orden y de Seguridad.
Madrid, 29 de julio de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Mando de Personal. Secretaría
General, Sección de Recursos. Cuartel General del Ejército.
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