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Documento BOE-A-1998-20350

Resolución de 17 de julio de 1998, de la Dirección General de la Energía, por la que se establecen los parámetros y porcentajes para el reparto de los fondos que debe realizar ENRESA en virtud de lo dispuesto en la Orden de 13 de julio de 1998, y se establece la liquidación correspondiente al año 1998, en beneficio de los municipios definidos como afectados correspondientes a la instalación Central Nuclear de Vandellós 1.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 1998, páginas 28803 a 28804 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-20350

TEXTO ORIGINAL

En el punto segundo de la Orden de 13 de julio de 1998, por el que se establecen las categorías de las instalaciones consideradas a efectos de la asignación de fondos por ENRESA, se incluye como categoría 3 a las centrales nucleares que no almacenen el combustible gastado generado por ellas mismas en su propio emplazamiento y se encuentren en fase de desmantelamiento.

Teniendo en cuenta que en el punto décimo de la citada Orden se indica que la Dirección General de la Energía dictará las normas necesarias de ejecución de desarrollo de lo dispuesto en la misma, Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Los municipios con derecho a asignación para la instalación Central Nuclear de Vandellós 1, así como los parámetros para obtener el porcentaje de reparto de los fondos son los siguientes:

Municipio Hi (número) Di (km) Si (km2)
Vandellós i L’Hospitalet del Infant. 4.253 6,31 75,28
L’Ametlla de Mar. 4.341 9,43 17,21
Mont-Roig del Camp. 3.494 8,83 3,34
Tivissa. 1.321 15,65 7,66
Pratdip. 452 10,70

Hi Di y Si son, respectivamente, el número de habitantes, distancia y superficie correspondientes al municipio i, de acuerdo con lo establecido en el punto cuarto de la Orden de 13 de julio de 1998.

El número de habitantes está obtenido a partir de la población de derecho del «Nomenclátor de las ciudades, villas, lugares, aldeas y demás entidades de población con especificación de sus núcleos», aprobado por el Instituto Nacional de Estadística mediante Real Decreto 1645/1997, de 31 de octubre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la renovación del padrón municipal referidas al 1 de mayo de 1996.

Las distancias han sido calculadas a partir de los datos suministrados por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, así como las superficies.

Segundo.

El porcentaje de participación en los fondos a distribuir correspondiente a cada municipio, de acuerdo con los parámetros anteriores y los criterios establecidos en el punto cuarto de la Orden de 13 de julio de 1998, es el siguiente:

Municipio Porcentaje
Vandellós i L’Hospitalet del Infant. 50,00
L’Ametlla de Mar. 26,79
Mont-Roig del Camp. 14,56
Tivissa. 7,60
Pratdip. 1,05
Tercero.

Los porcentajes indicados en el punto anterior se aplicarán a cualquier distribución de fondos que se realice con arreglo a la misma, y se revisarán cuando se produzcan modificaciones en los datos en que están basados los parámetros definidos en el punto primero, si bien cada revisión tendrá un período de validez mínimo de tres años.

Cuarto.

De acuerdo con lo dispuesto en el punto octavo de la citada Orden, la asignación de fondos a los municipios relacionados anteriormente se fijará mediante Resolución de la Dirección General de la Energía y se hará efectiva no más tarde del 30 de junio de cada año.

Quinto.

ENRESA deberá presentar anualmente a la Dirección General de la Energía justificante de haber realizado los pagos anteriormente establecidos.

Sexto.

ENRESA procederá a la liquidación del año 1998, correspondiente a la Central Nuclear de Vandellós 1, cuyo importe es de 73.863.014 pesetas, de acuerdo con el apartado b) del punto cuarto de la Orden de 13 de julio de 1998, teniendo en cuenta el período transcurrido desde la fecha de concesión de la autorización de desmantelamiento de la instalación.

Séptimo.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía, en el plazo de un mes, en la forma y con los requisitos que regula el capítulo II del título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 17 de julio de 1998.–El Director general, Antonio Gomis Sáez.

Sr. Presidente de ENRESA, y Sres. Alcaldes de los Excmos. Ayuntamientos de Vandellós i L’Hospitalet del Infant, L’Ametlla de Mar, Mont-Roig del Camp, Tivissa y Pratdip.

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