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Documento BOE-A-1998-20350

Resolución de 17 de julio de 1998, de la Dirección General de la Energía, por la que se establecen los parámetros y porcentajes para el reparto de los fondos que debe realizar ENRESA en virtud de lo dispuesto en la Orden de 13 de julio de 1998, y se establece la liquidación correspondiente al año 1998, en beneficio de los municipios definidos como afectados correspondientes a la instalación Central Nuclear de Vandellós 1.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 1998, páginas 28803 a 28804 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-20350

TEXTO ORIGINAL

En el punto segundo de la Orden de 13 de julio de 1998, por el que

se establecen las categorías de las instalaciones consideradas a efectos

de la asignación de fondos por ENRESA, se incluye como categoría 3 a

las centrales nucleares que no almacenen el combustible gastado generado

por ellas mismas en su propio emplazamiento y se encuentren en fase

de desmantelamiento.

Teniendo en cuenta que en el punto décimo de la citada Orden se

indica que la Dirección General de la Energía dictará las normas necesarias

de ejecución de desarrollo de lo dispuesto en la misma,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Los municipios con derecho a asignación para la instalación

Central Nuclear de Vandellós 1, así como los parámetros para obtener

el porcentaje de reparto de los fondos son los siguientes:

Municipio H i (número) D i (km) S i (km 2 )

Vandellós i L'Hospitalet del Infant......... 4.253 6,31 75,28

L'Ametlla de Mar............................... 4.341 9,43 17,21

Mont-Roig del Camp........................... 3.494 8,83 3,34

Tivissa............................................ 1.321 15,65 7,66

Pratdip........................................... 452 10,70

H i D i yS i son, respectivamente, el número de habitantes, distancia

y superficie correspondientes al municipio i , de acuerdo con lo establecido

en el punto cuarto de la Orden de 13 de julio de 1998.

El número de habitantes está obtenido a partir de la población de

derecho del "Nomenclátor de las ciudades, villas, lugares, aldeas y demás

entidades de población con especificación de sus núcleos", aprobado por

el Instituto Nacional de Estadística mediante Real Decreto 1645/1997, de

31 de octubre, por el que se declaran oficiales las cifras de población

resultantes de la renovación del padrón municipal referidas al 1 de mayo

de 1996.

Las distancias han sido calculadas a partir de los datos suministrados

por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, así como las

superficies.

Segundo.-El porcentaje de participación en los fondos a distribuir

correspondiente a cada municipio, de acuerdo con los parámetros

anteriores y los criterios establecidos en el punto cuarto de la Orden de 13

de julio de 1998, es el siguiente:

Municipio Porcentaje

Vandellós i L'Hospitalet del Infant................................ 50,00

L'Ametlla de Mar...................................................... 26,79

Mont-Roig del Camp.................................................. 14,56

Tivissa................................................................... 7,60

Pratdip.................................................................. 1,05

Tercero.-Los porcentajes indicados en el punto anterior se aplicarán

a cualquier distribución de fondos que se realice con arreglo a la misma,

y se revisarán cuando se produzcan modificaciones en los datos en que

están basados los parámetros definidos en el punto primero, si bien cada

revisión tendrá un período de validez mínimo de tres años.

Cuarto.-De acuerdo con lo dispuesto en el punto octavo de la citada

Orden, la asignación de fondos a los municipios relacionados anteriormente

se fijará mediante Resolución de la Dirección General de la Energía y

se hará efectiva no más tarde del 30 de junio de cada año.

Quinto.-ENRESA deberá presentar anualmente a la Dirección General

de la Energía justificante de haber realizado los pagos anteriormente

establecidos.

Sexto.-ENRESA procederá a la liquidación del año 1998,

correspondiente a la Central Nuclear de Vandellós 1, cuyo importe es de 73.863.014

pesetas, de acuerdo con el apartado b) del punto cuarto de la Orden de

13 de julio de 1998, teniendo en cuenta el período transcurrido desde

la fecha de concesión de la autorización de desmantelamiento de la

instalación.

Séptimo.-Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario

ante el excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía, en el plazo

de un mes, en la forma y con los requisitos que regula el capítulo II del

título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Madrid, 17 de julio de 1998.-El Director general, Antonio Gomis Sáez.

Sr. Presidente de ENRESA, y Sres. Alcaldes de los Excmos. Ayuntamientos

de Vandellós i L'Hospitalet del Infant, L'Ametlla de Mar, Mont-Roig

del Camp, Tivissa y Pratdip.

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