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Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial,
del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad
de Cataluña la solicitud presentada por "Reyde, Sociedad Anónima", 230
A, con domicilio social en calle de l'Om, 15, municipio de El Prat del
Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro
del siguiente producto, fabricado por "Reyde, Sociedad Anónima", en su
instalación industrial ubicada en El Prat de Llobregat: bidón metálico tapa
fija, marca y modelo "Reyde, Sociedad Anónima", 230 A, para el transporte
de mercancías peligrosas;
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida
por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e
inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-EnicreICIT, Sociedad
Anónima", mediante informe, certificado y actas con clave BB.VC.12369/98,
ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones
actualmente establecidas por la Orden de 17 de marzo de 1986 ("Boletín
Oficial del Estado" del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989,
sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte
de mercancías peligrosas.
He resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña
de inscripción B-599, y definir, por último, como características técnicas
para cada marca y modelo registrado la que se indica a continuación:
Marca y modelo, características y productos autorizados a transportar:
Según el anexo. Para todas las clases se tendrán que cumplir: 1,5y
1,71x " 229.
x = tensión de vapor a 15 o C en KPa.
y = tensión de vapor a 55 o C en KPa.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de
17 de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" del 31), modificada
por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y
embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con
independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento
o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad
de la producción con el tipo homologado antes del 8 de julio de 2000
(Orden de 28 de febrero de 1989).
Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida
en su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se
puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria,
Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción
de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso
que se considere oportuno.
Barcelona, 8 de julio de 1998.-El Director general, P. D. (Resolución
de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad" de 13 de
noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar
Guevara.
ANEXO
Tipo de envase y/o embalaje
Bidón de acero, según el marginal 3.520 del ADR, de tapa fija. Código
UN:1A1. Fondos agrafados y virola soldada. Con dos aros de rodadura
y corrugas en el cuerpo del bidón. Cierres: Dos tapones metálicos tipo
"sicherheit" de 2'' y 3/4''. Peso del bidón: 16,100 kilogramos, sin los cierres.
Peso de los cierres: 70 y 21 gramos.
Modelo de envase: Modelo 230 A.
Dimensiones:
Diámetro máximo exterior: 585 milímetros.
Altura total: 940 milímetros.
Capacidad:
Capacidad al ras: 231,4 litros.
Capacidad al 98 por 100 de llenado: 226,7 litros.
Espesores chapa:
Grueso de la virola: 0,8 milímetros.
Grueso del fondo: Un milímetro.
Grueso de la tapa: Un milímetro.
Marca y modelo: "Reyde, Sociedad Anónima", 230 A.
Nombre y número de informe de la EIC: "ICICT, Sociedad
Anónima"/BB.VC.12369/98.
Contraseña de homologación: B-599.
Características del material: Chapa acero AP-02-X (UNE 36-086-75).
Sistema de cierres: Dos tapones metálicos tipo "sicherheit" de 2'' y
3/4''.
Código: 1A1.
UN 1A1/X1,2/250/98/E/B-599/"Reyde, Sociedad Anónima".
UN 1A1/Y1,8/250/98/E/B-599/"Reyde, Sociedad Anónima".
Materias a transportar:
Clase 3:
Tensión de vapor máxima a 55 o C: 1,5 bar.
Densidad máxima admisible: 1,2 kilogramos/litro materias grupo I; 1,8
kilogramos/litro materias grupos II y III.
ADR/TPC: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Apartados a), b) y c) del marginal 2301.
Excepto: La nitroglicerina en solución alcohólica del 6. o , la
propilenimina del 12. o el isocianato de etilo del 13. o
El transporte de las materias del 31. o c), 32. o c) y 33. o c) que desprendan
CO 2 yNO 2 deberá realizarse en envases con cierres provistos de venteo.
RID/TPF: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Apartados a), b) y c) del marginal 301.
Excepto: La nitroglicerina en solución alcohólica del 6. o , la
propilenimina del 12. o el isocianato de etilo del 13. o
El transporte de las materias del 31. o c), 32. o c) y 33. o c) que desprendan
CO 2 yNO 2 deberá realizarse en envases con cierres provistos de venteo.
IMO/IMDG: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Materias: Materias que requieran grupos de embalaje I, II y III.
Excepto: Número ONU 2983, 1194, 1308, 3165, 1194, 1222, 3064, 3269,
1865, 3256, 1261.
IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: III.
Materias: Materias que requieran grupo de embalaje III y requieran
la instrucción de embalaje 310.
Clase 5.1:
Tensión de vapor máxima a 55 o C: 1,5 bar.
Densidad máxima admisible: 1,2 kilogramos/litro materias grupo I; 1,8
kilogramos/litro materias grupos II y III.
ADR/TPC: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Materias: Materias comburentes líquidas y sus soluciones acuosas del
marginal 2501 A.
Excepto: Las materias del 1. o a), 5. o y las soluciones de nitrato amónico
del 20. o
El transporte de las materias del 1. o b),y1. o c) deberá realizarse en
envases provistos de un respiradero.
RID/TPF: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Materias: Materias comburentes líquidas y sus soluciones acuosas del
marginal 2501 A.
Excepto: Las materias del 1. o a), 5. o y las soluciones de nitrato amónico
del 20. o
El transporte de las materias del 1. o b),y1. o c) deberá realizarse en
envases provistos de un respiradero.
IMO/IMDG: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Materias: Solo se autorizan las siguientes materias comburentes
líquidas:
Números ONU 2429, 2984, 2014, 3098, 3099, 1873, 3214, 3216, 2427,
2428, 1510.
Clase 5.2:
Tensión de vapor máxima a 55 o C: 1,5 bar.
Densidad máxima admisible: 1,2 kilogramos/litro materias grupo I; 1,8
kilogramos/litro materias grupos II y III.
ADR/TPC: Grupos de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipoEyF,líquidos, incluidos en
el marginal 2551, que requieran método de embalaje OP8A. La cantidad
máxima envasada no deberá exceder de 225 litros.
RID/TPF: Grupos de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipoEyF,líquidos, incluidos en
el marginal 551, que requieran método de embalaje OP8A. La cantidad
máxima envasada no deberá exceder de 225 litros.
IMO/IMDG: Grupos de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipo E y F, líquidos, que requieran
método de embalaje OP8A. La cantidad máxima envasada no deberá
exceder de 225 litros.
Clase 6.1:
Tensión de vapor máxima a 55 o C: 1,5 bar.
Densidad máxima admisible: 1,2 kilogramos/litro materias grupo I; 1,8
kilogramos/litro materias grupos II y III.
ADR/TPC: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Apartados: a), b) y c) del marginal 2601.
Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1. o , las soluciones
de ácido cianhídrico del 2. o , los metales carbonilos del 3. o , la etilenimina
del 4. o y el isocianato de metilo del 5. o
RID/TPC: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Apartados: a), b) y c) del marginal 601.
Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1. o , las soluciones
de ácido cianhídrico del 2. o , los metales carbonilos del 3. o , la etilenimina
del 4. o , y el isocianato de metilo del 5. o
IMO/IMDG: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalajes I, II
ó III.
Excepto: Número ONU 3250, 2249, 1600, 1892, 1613, 1051, 1614, 3294,
1994, 3281, 1647, 2480, 1259, 2312, 1672, 3123.
IATA/OACI: Grupo de envase/embalaje: III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupo de
embalaje III y requieran las instrucciones de embalaje 612, 618 y 620.
Clase 8:
Tensión de vapor máxima a 55 o C: 1,5 bar.
Densidad máxima admisible: 1,2 kilogramos/litro materias grupo I; 1,8
kilogramos/litro materias grupos II y III.
ADR/TPC: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Apartados: a), b) y c) del marginal 2801.
Excepto: Los materiales del 6. o , 14. o , 15. o , 82. o , el galio del 65. o c)
y mercurio del 66. o c).
El transporte de las materias del 61. o (número ONU 1791) debe
realizarse en envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.
RID/TPF: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Apartados: a), b) y c) del marginal 801.
Excepto: Los materiales del 6. o , 14. o , 15. o ,82 o , el galio del 65. o c) y
mercurio del 66. o c).
El transporte de las materias del 61. o (número ONU 1791) debe
realizarse en envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.
IMO/IMDG: Grupos de envase/embalaje: I, II y III.
Materias: Materias líquidas que requieran grupos embalaje I, II ó III.
Excepto: Número ONU 1744, 3301, 3094, 1774, 2803, 1052, 2809, 1798,
2576.
El transporte de la materia número ONU 1791 debe realizarse en
envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.
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