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Documento BOE-A-1998-20382

Resolución de 27 de julio de 1998, de la Universidad «Jaume I», de Castellón, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso contenciosoadministrativo promovido por doña Sofía Buelga Vázquez.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 1998, páginas 28839 a 28839 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-20382

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956,

viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia

número 261 de la Sección Segunda de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,

de 20 de febrero de 1998, que es firme, recaída en el recurso

número 952/1995, interpuesto por doña Sofía Buelga Vázquez, contra la

Resolución del Rector de la Universidad "Jaume I", de Castellón, de 11 de

abril de 1995, por la que se desestimó la reclamación presentada por

la recurrente contra la resolución del concurso convocado con fecha 22

de diciembre de 1994 para cubrir una plaza de Profesor asociado tipo

I, tiempo parcial (seis horas), del Área de Psicología Social.

La parte dispositiva de la citada sentencia contiene el siguiente

pronunciamiento:

"Fallamos:

Primero.-Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto

por doña Sofía Buelga Vázquez, contra la Resolución del Rector de la

Universidad ªJaume Iº, de Castellón, de 11 de abril de 1995, por la que

se desestimó la reclamación presentada por la actora contra la resolución

del concurso convocado con fecha 22 de diciembre de 1994 para cubrir

la plaza de Profesor asociado número 896, del Departamento de Psicología,

Área Psicología Social, tipo I, tiempo parcial (seis horas), y anular dichos

actos por ser contrarios a derecho, debiendo retraerse las actuaciones

al momento oportuno para que la Comisión de Contratación proceda a

baremar el mérito de la docencia universitaria en los términos en que

ha sido referido en el fundamento de derecho cuarto, y ello respecto de

todos los que en su día participaron en el concurso para cubrir la plaza

anteriormente descrita.

Segundo.-No efectuar expresa imposición de costas."

En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las

competencias que le confiere el artículo 65 de los Estatutos de la Universidad

"Jaume I", de Castellón, aprobados por Decreto 5/1997, de 28 de enero,

del Gobierno Valenciano, acuerda la ejecución del fallo que acaba de

transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias para

ello.

Castellón, 27 de julio de 1998.-El Rector, Fernando Romero Subirón.

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