La Casa de Doña María la Brava, en Salamanca, fue declarada
monumento histórico-artístico de carácter nacional por Real Decreto 1795/1983,
de 11 de mayo.
En aplicación de la disposición adicional 1. a de la Ley 16/1985, de
25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración
y a denominarse bien de interés cultural.
Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones
impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno
afectado por la declaración.
Vista la propuesta del Servicio de Protección, esta Dirección General,
en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real
Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de
diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de
21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que
desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:
Primero.-Tener por incoado expediente para delimitar el entorno de
protección del bien de interés cultural declarado a favor de la Casa de
Doña María la Brava, en Salamanca, según la delimitación que se publica
como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al
expediente.
Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la
legislación vigente.
Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Salamanca que, según lo
dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, todas las obras que haya que realizar en el entorno
de protección que se pretende delimitar no podrán llevarse a cabo sin
la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión
Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el caso, por la Dirección General.
Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial
de Castilla y León" y en el "Boletín Oficial del Estado" y se notifique al
Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación
preventiva.
Valladolid, 22 de julio de 1998.-El Director general, Carlos de la Casa
Martínez.
ANEXO
Delimitación del entorno de protección de la Casa de Doña María
la Brava, en Salamanca
Descripción: Situada en la plaza de Los Bandos, la tradición relaciona
este edificio con los sangrientos sucesos de los bandos salmantinos que
tuvieron lugar en 1465, y aunque se conoce como la Casa de Doña María
la Brava, más bien esta casa sería erigida años más tarde por sus
descendientes hacia 1485.
En la actualidad es sede del Colegio Oficial de Arquitectos de Salamanca
y del edificio original, singular ejemplo de casa nobiliaria castellana de
finales del gótico, sólo resta su fachada.
Consta de arco de medio punto de amplio dovelaje, sobre el que se
sitúa un balcón, en origen ventana, flanqueada por sendos escudos, por
encima del que se sitúa un dintel decorado con tema vegetal de cardinas
con escudo en el centro, todo ello recogido por alfiz quebrado.
Delimitación del entorno de protección: Queda definido por una línea
que recoge las manzanas 57,870, parcelas 1, 2, 3 y 10 de la manzana
59.876, y parcela 2 de la manzana 58.871, así como calles comprendidas
en aquélla.
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