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Documento BOE-A-1998-20618

Resolución de 5 de agosto de 1998, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se convocan becas de estudio en España para ciudadanos extranjeros durante el verano de 1999 y curso académico 1999-2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 27 de agosto de 1998, páginas 29304 a 29307 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-20618

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y con el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria, convoca becas, según anexo y con cargo al crédito presupuestario 12.03.134 B-491 de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, de perfeccionamiento lingüístico, ampliación de estudios e investigación en Universidades, instituciones docentes especializadas o centros de documentación y archivo españoles durante el verano de 1999 y curso académico 1999-2000, destinadas a ciudadanos extranjeros nacionales de los países referenciados en los apartados 1 y 2 del citado anexo y candidatos propuestos por los organismos a los que se refiere el apartado 3 del mismo.

Estas becas están condicionadas a las disponibilidades económicas derivadas de los presupuestos para los años 1999 y 2000.

Presentación de candidaturas. En la fase de preselección, los ciudadanos de países con los que España tenga firmados acuerdos de cooperación cultural, que prevean este tipo de intercambios, anexo apartado 1, presentarán sus solicitudes a través de los organismos competentes de su país, dentro de los plazos que, de conformidad con el vigente programa ejecutivo bilateral de cooperación cultural entre ambos gobiernos, sean fijados al efecto por los citados organismos. Los de los países que figuran en el anexo apartado 2 podrán obtener información sobre el organismo al que deberán dirigir su solicitud de beca y plazo de presentación de candidaturas en los servicios culturales de la Embajada de España en su país. Los candidatos que puedan acogerse a la programación del anexo apartado 3 cursarán sus solicitudes a través del organismo indicado en ese apartado en los plazos que, por dicho organismo, les sean comunicados. En cualquier caso, las listas y expedientes de los candidatos preseleccionados en esta primera fase deberán obrar en la Embajada de España en el país correspondiente, a no ser que en el anexo se especifique lo contrario, antes del día 1 de abril de 1999.

Selección. Primera fase: Los organismos competentes de cada país efectuarán una preselección, que no tendrá carácter determinante, y presentarán en las Embajadas de España en el país correspondiente, salvo que en el anexo se indique otra cosa, con anterioridad al día 1 de abril de 1999, las candidaturas para estas becas para su propuesta a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas. La preselección se efectuará mediante un régimen de publicidad, mérito y concurrencia competitiva basado en los méritos alegados por el candidato y en la documentación aportada. En el proceso de selección se tendrán en cuenta los criterios de valoración que figuran en las bases A cuarta y B quinta de la presente convocatoria. Los órganos de preselección especificarán en su propuesta la relación total de solicitantes, concretando la evaluación de criterios de valoración efectuada en la preselección.

La resolución definitiva, basada en los mismos criterios de valoración mencionados en el párrafo anterior, corresponderá a la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica quien, a través de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, notificará su decisión, por vía oficial, a los organismos proponentes y directamente a los becarios aceptados antes del día 31 de mayo de 1999, para las becas de verano, y del día 31 de agosto de 1999, para las de curso académico. Contra dicha resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista de candidatos aceptados, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

La lista de becarios se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado», y se expondrá en el tablón de anuncios de la Dirección General y en el de las representaciones españolas en el extranjero a través de las cuales se canalizó la presentación de candidaturas.

Incompatibilidades. Durante su período de vigencia, estas becas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser concedidas con el mismo fin por organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros.

Obligaciones de los becarios. Los becarios estarán obligados a la acreditación de haber realizado la actividad objeto de la beca mediante la presentación de un informe final con el visto bueno del Profesor encargado de supervisar los estudios o investigaciones o, cuando la beca haya sido concedida para estudios reglados en un centro educativo, de un certificado de estudios con calificaciones, dentro de los tres meses siguientes al término de la estancia. Estarán obligados al reintegro de la cantidad recibida e interés, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan, conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria de 23 de diciembre de 1988, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, en caso de incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención, incumplimiento de la obligación de justificación, obtención de la beca sin reunir las condiciones requeridas u obtención concurrente de otras subvenciones incompatibles. Asimismo, quedan obligados a facilitar cuanta información sea requerida por el Tribunal de Cuentas y demás órganos competentes del Estado y a comunicar a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas cuantas ayudas y subvenciones obtengan para la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados nacionales o extranjeros.

Norma supletoria. Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución, se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en los artículos 81 y siguientes del texto refundido de la Ley General Presupuestaria de 23 de diciembre de 1988, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988.

Bases

A) Becas para extranjeros en España. Curso académico 1999-2000

Primera. Candidatos.

Postgraduados o, excepcionalmente, estudiantes de último año de licenciatura en el momento de cursar la solicitud, con conocimientos suficientes de la lengua española, nacionales de los países a los que se refieren los apartados 1 y 2 del anexo y candidatos propuestos por los organismos que figuran en su apartado 3, preferentemente menores de treinta y cinco años de edad.

Segunda. Estudios.

Ampliación de estudios en centros superiores españoles o investigación, preferentemente, en el campo de las humanidades. Antes de solicitar la beca, los candidatos deberán ponerse en contacto con el centro elegido a fin de recibir información sobre sus condiciones para la admisión de alumnos extranjeros y asegurar su aceptación.

Tercera. Documentación.

Los candidatos presentarán la siguiente documentación:

a) Copia del documento oficial acreditativo de la nacionalidad del solicitante.

b) Impreso de solicitud, cumplimentado en su totalidad.

c) Certificado de estudios realizados anteriormente.

d) Certificado de lengua española, preferiblemente DELE.

e) Si así lo requieren los estudios a realizar, certificado de convalidación de estudios por los equivalentes españoles (fotocopia).

f) Carta de aceptación del centro español elegido para cursar estudios o del Profesor que supervisará el trabajo del becario durante su estancia en España (este documento no será necesario en becas solicitadas para investigación en archivos, bibliotecas y centros de documentación).

g) Proyecto de estudios o investigación con especial referencia a los contactos que, para su realización, hayan podido mantenerse con centros o especialistas españoles.

Todos los documentos se presentarán por duplicado y se acompañarán de su traducción al español. Los documentos se presentarán en original o copia auténtica. Cuando se observase cualquier defecto en la presentación de los documentos, se conferirá a los candidatos un plazo no inferior a diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

Cuarta. Criterios de valoración.

Serán valorados los siguientes méritos del candidato:

1.o Conocimientos de español.

2.o Estudios o proyecto de investigación a realizar en España.

3.o Contactos establecidos con Profesores o centros españoles en relación con los estudios a realizar.

4.o Titulación y estudios realizados anteriormente.

5.o Cartas de presentación.

Quinta. Duración.

Nueve meses. Cada beca podrá ser disfrutada por uno o varios becarios en estancias de tres meses como mínimo y nueve como máximo, entre el 1 de octubre de 1999 y el 30 de junio de 2000, ambos inclusive, de conformidad con los estudios a realizar. Como norma general, las becas no se concederán para realizar ciclos completos de estudio, por lo que no serán renovadas para el curso académico siguiente. Excepcionalmente, podrá considerarse la posibilidad de prórroga o renovación cuando las becas se hayan concedido para unos estudios que requieran una duración superior a la inicialmente prevista y se acredite justificadamente la necesidad de la prórroga.

Sexta. Dotación.

97.500 pesetas mensuales, seguro médico (no farmacéutico), excepto odontología y enfermedades preexistentes, y en becas con una duración mínima de siete meses, hasta un máximo de 100.000 pesetas como contribución a los gastos de matrícula en los estudios y centro para los que la beca ha sido concedida. Las becas de menor duración no conllevan matrícula gratuita ni compensación parcial.

Séptima. Condiciones generales:

a) Los becarios deberán incorporarse dentro de los diez primeros días a partir del inicio de su beca y ponerse en contacto con la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, Servicio de Intercambios y Becas, calle Atocha, 3, 28012 Madrid, teléfonos 91 379 95 56 ó 91 379 97 00, extensión 9062, para recibir la correspondiente documentación.

b) Una vez iniciado el disfrute de la beca, informarán trimestralmente a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas sobre la labor realizada y, al término de la beca, presentarán, en el plazo de tres meses, un certificado de estudios o un informe final con el visto bueno del Profesor encargado de la supervisión de los estudios.

c) El pago de las mensualidades se efectuará, a meses vencidos, mediante transferencia bancaria. Con esta finalidad, el becario habrá de abrir una cuenta en un Banco en España y notificar sus datos a esta Dirección General.

d) El alojamiento será gestionado por los interesados, ya que este Ministerio no dispone de residencias para sus becarios de curso académico.

e) Una vez confirmada la concesión de la beca por parte de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas no se admitirán cambios.

B) Becas para extranjeros en España. Verano de 1999

Primera. Candidatos.

Estudiantes de lengua española nacionales de los países referenciados en los apartados 1 y 2 del anexo y candidatos propuestos por los organismos referenciados en el apartado 3 del mismo, que tengan programadas becas de verano, con conocimientos mínimos de español a nivel elemental, preferentemente menores de treinta y cinco años. Los extranjeros residentes en España no podrán solicitar estas becas.

Segunda. Estudios:

a) XLVI Curso de la Escuela de Verano Española, que tendrá lugar en Madrid del 1 al 31 de julio de 1999.

b) Cursos de verano en Santander de la Escuela Superior de Música «Reina Sofía» y curso «Música en Compostela».

Tercera. Dotación:

a) Para los asistentes al curso de la Escuela de Verano Española (Madrid, julio): Alojamiento y manutención en un colegio mayor universitario, excepto la cena de los sábados y la alimentación de domingos y festivos, y 22.500 pesetas como dinero de bolsillo. La Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas se encargará de gestionar la reserva de plaza en el colegio mayor y comunicará al becario su nombre y dirección en el momento de confirmarle la concesión de la beca. Si alguno de los asistentes a este curso desease alojarse por su cuenta, deberá indicarlo al solicitar la beca. En este caso, la beca estaría dotada con 82.500 pesetas, corriendo a su cargo el alojamiento y la manutención. Todos los becarios asistentes al curso de la Escuela de Verano Española tendrán matrícula gratuita. Si por cualquier circunstancia este curso no pudiese llevarse acabo, la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas ofrecería a sus becarios una segunda opción.

b) Las becas para los cursos de verano en Santander de la Escuela Superior de Música «Reina Sofía», y para el curso «Música en Compostela», estarán dotadas con 82.500 pesetas, que les serán enviadas a través de las Secretarías de las citadas instituciones.

Todos los becarios se beneficiarán de seguro médico, no farmacéutico, en el que quedan excluidos los tratamientos odontológicos y las enfermedades preexistentes.

Cuarta. Documentación.

Los candidatos presentarán la siguiente documentación:

a) Copia del documento oficial acreditativo de la nacionalidad del solicitante.

b) Impreso de solicitud cumplimentado en su totalidad.

c) Certificado de estudios con calificaciones.

d) Certificado de lengua española (nivel mínimo elemental).

Los documentos no redactados en español se acompañarán de su correspondiente traducción. Todos los documentos se presentarán en original o copia auténtica. Cuando se observase cualquier defecto en la presentación de los documentos, se conferirá a los candidatos un plazo no inferior a diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

Quinta. Criterios de valoración.

Serán valorados los siguientes méritos del candidato:

1.o Conocimientos de español.

2.o En becas para perfeccionamiento lingüístico, necesidad del español para la actividad futura del candidato.

3.o Titulación y estudios realizados anteriormente.

4.o Cartas de presentación.

Sexta. Condiciones generales:

a) Todos los becarios deberán haber sido aceptados previamente por la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas. Bajo ningún concepto se admitirán incorporaciones o sustituciones que no estén confirmadas.

b) Una vez confirmada la beca por parte de la citada Dirección General no se admitirán cambios. Los becarios que no se hayan incorporado dentro de los cinco primeros días perderán la beca.

Madrid, 5 de agosto de 1998.–El Secretario de Estado, Fernando María Villalonga Campos.

ANEXO

1. Becas reguladas por programas bilaterales de cooperación cultural

País Curso 1999-2000 Verano de 1999
Becas Mensualidades Becas Mensualidades
Alemania, R. F. 5 45
Austria. 4 36 6 6
Bélgica (c, francesa). 4 36 12 12
Bélgica (c, flamenca). 4 36 9 9
Bulgaria. 4 36 7 7
Chequia. 3 27 7 7
Chipre. 3 27 2 2
Dinamarca. 5 41 5 5
Eslovaquia. 2 18 6 6
Finlandia. 2 18 8 8
Francia. 10 90 30 30
Georgia. 2 18 2 2
Grecia. 6 54 2 2
Hungría. 4 30 5 5
Irlanda. 1 9 10 10
Israel. 6 54 6 6
Italia. 12 104 20 20
Lituania. 1 9 2 2
Luxemburgo. 1 9 2 2
Malta. 2 18 4 4
Noruega. 4 35 2 2
Países Bajos. 5 45 10 10
Polonia. 8 66 11 (1) 11
Portugal. 9 81 33 (2) 33
Rumanía. 5 45 5 5
Rusia. 5 45 10 10
Turquía. 4 36 5 5
Yugoslavia. 2 18 2 2

(1) Una beca se reserva para el ganador del concurso sobre España de la Asociación Polaca de Hispanistas.

(2) Becas reservadas para los alumnos de los lectorados o departamentos de español de Universidades portuguesas y del «Instituto Cervantes», de Lisboa.

La información sobre los plazos de presentación de candidaturas y organismos encargados de coordinar estos intercambios podrá obtenerse en el Ministerio de Asuntos Exteriores del país del solicitante o en los Servicios Culturales de la Embajada de España.

2. Becas no reguladas por programas bilaterales de cooperación cultural

País Curso 1999-2000 Verano de 1999
Becas Mensualidades Becas Mensualidades
Alemania, R. F. 7 63 33 33
Alemania, R. F. 100 (1) 9 (2) 9
Canadá. 5 45 2 2
Corea. 11 99
Islandia. 1 9
Italia. 1 (3) 6
Japón. 16 (4) 144
Reino Unido. 8 72 7 7
Suiza. 3 27

(1) Becas de investigación, con una duración mínima de tres meses y máxima de seis.

(2) Becas para los mejores alumnos de los cursos de español de la Oficina Cultural de la Embajada de España en Bonn.

(3) Beca especial para el ganador del concurso de Tesis sobre temas hispánicos de la Asociación Italiana de Hispanistas, dotada con 125.000 pesetas mensuales.

(4) Una beca se reserva para el ganador del concurso de oratoria en español de la Sociedad Hispánica de Japón.

La información sobre plazos y forma de presentar las candidaturas para las becas de este apartado 2 puede solicitarse a los Servicios Culturales de la Embajada de España en el país del interesado.

3. Becas ofrecidas a los organismos que figuran en la primera columna de este apartado

Organismo Curso 1999-2000 Verano de 1999
Becas Mensualidades Becas Mensualidades
R. F. Alemania (gobierno bávaro). 3 27
Univ. Lieja (Bélgica). 1 9
Univ. Cat. Neerlandófona Lovaina (Bélgica). 2 18
Escuela Diplomática (Madrid). 19 171 20 (1) 20
Comisión Int. Cultural entre España y EE. UU. 10 90 (2)
Curso «Música en Compostela». 15 15
Escuela Superior de Música «Reina Sofía». 2 18 15 15
Univ, de Saint Gallen (Suiza). 8 8
«Instituto Cervantes» en Milán. 5 5
«Instituto Cervantes» en Nápoles. 8 8
«Instituto Cervantes» en Roma. 8 8

(1) Becas de verano reservadas para intercambio entre la Escuela Diplomática de Madrid y la Academia Diplomática de Viena. Si los becarios correspondientes a este apartado asistiesen a un curso distinto al de la escuela de verano española, recibirían un total de 82.500 pesetas por persona para todos los gastos. Los candidatos serán propuestos por la Academia Diplomática de Viena a la Escuela Diplomática de Madrid para su presentación a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas.

(2) Becas de curso académico para ciudadanos de Estados Unidos. Los candidatos serán propuestos a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas por la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América.

Las solicitudes para los cursos de la Escuela Superior de Música «Reina Sofía», y curso «Música en Compostela», se presentarán en las Secretarías de los centros correspondientes para su propuesta a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas.

La información sobre plazos y forma de presentar las candidaturas para las becas de este apartado 3 pueden solicitarse a los organismos que figuran en la primera columna.

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