SORTEO ESPECIAL
El próximo sorteo especial de la Lotería Nacional, que se realizará
por el sistema moderno, tendrá lugar el día 29 de agosto de 1998, a las
diecisiete horas, en el salón de sorteos sito en la calle de Guzmán el Bueno,
137, de esta capital, y constará de doce series de 100.000 billetes cada
una, al precio de 5.000 pesetas el billete, divididos en décimos de 500
pesetas, distribuyéndose 317.083.000 pesetas en 35.451 premios de cada
serie.
Los billetes irán numerados del 00000 al 99999.
Pesetas
Premio especial
1 premio especial de 395.000.000 de pesetas para
una sola fracción de uno de los billetes
agraciados con el premio primero ................................ 395.000.000
Premios por serie
1 de 50.000.000 de pesetas (una extracción de 5
cifras) ........................................................................ 50.000.000
1 de 10.000.000 de pesetas (una extracción de 5
cifras) ........................................................................ 10.000.000
50 de 125.000 de pesetas (cinco extracciones de
4 cifras) ..................................................................... 6.250.000
1.100 de25.000 pesetas (once extracciones de 3 cifras). 27.500.000
3.000 de 10.000 pesetas (tres extracciones de 2 cifras). 30.000.000
2 aproximaciones de 1.150.000 pesetas cada una
para los números anterior y posterior al del que
obtenga el premio primero .................................... 2.300.000
2 aproximaciones de 606.500 pesetas cada una
para los números anterior y posterior al del que
obtenga el premio segundo .................................... 1.213.000
99 premios de 50.000 pesetas cada uno para los
99 números restantes de la centena del premio
primero ..................................................................... 4.950.000
99 premios de 50.000 pesetas cada uno para los
99 números restantes de la centena del premio
segundo ..................................................................... 4.950.000
99 premios de 50.000 pesetas cada uno para los
billetes cuyas tres últimas cifras sean iguales
y estén igualmente dispuestas que las del que
obtenga el premio primero .................................... 4.950.000
999 premios de 25.000 pesetas cada uno para los
billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y
estén igualmente dispuestas que las del que
obtenga el premio primero .................................... 24.975.000
9.999 reintegros de 5.000 pesetas cada uno para los
billetes cuya última cifra sea igual a la del que
obtenga el premio primero .................................... 49.995.000
10.000 reintegros de 5.000 pesetas cada uno para los
billetes cuya última cifra sea igual a la que se
obtenga en la primera extracción especial de una
cifra ........................................................................... 50.000.000
10.000 reintegros de 5.000 pesetas cada uno para los
billetes cuya última cifra sea igual a la que se
obtenga en la segunda extracción especial de
una cifra ................................................................... 50.000.000
35.451 317.083.000
Para la ejecución de este sorteo se utilizarán, como mínimo, cinco
bombos, que, de izquierda a derecha, representan las decenas de millar,
unidades de millar, centenas, decenas y unidades. Cada uno de ellos
contendrá diez bolas numeradas del 0 al 9.
Para la adjudicación de los premios entrarán en juego, en cada
extracción, tantos bombos como se requieran para obtener la combinación
numérica prevista.
Se utilizarán dos bombos para la determinación de los premios
de 10.000 pesetas, que se adjudicarán, respectivamente, a aquellos billetes
cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que
las de los números extraídos. Tres bombos para los premios de 25.000
pesetas, que se adjudicarán, respectivamente, a los billetes cuyas tres
últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las de los
números obtenidos. Cuatro bombos para los premios de 125.000 pesetas que,
respectivamente, se adjudicarán a aquellos billetes cuyas cuatro últimas
cifras coincidan en orden y numeración con las de las bolas extraídas.
Por último, se utilizarán cinco bombos para adjudicar los dos premios
mayores del sorteo mediante extracción simultánea de una bola de cada
uno de aquéllos, con lo que las cinco bolas extraídas compondrán el número
premiado, determinándose primeramente el segundo premio, y después,
con idéntica formalidad, el primer premio del sorteo.
De los números formados por las extracciones de cinco cifras
correspondientes a los premios primero y segundo se derivarán las
aproximaciones y las centenas, como asimismo del premio primero, las
terminaciones y el reintegro correspondientes.
Con respecto a las aproximaciones señaladas para los números anterior
y posterior de los premios primero y segundo se entenderá que si saliese
premiado en cualquiera de ellos el número 00000, su anterior es el 99999
y el siguiente el 00001. Asimismo, si el agraciado fuese el 99999, su anterior
es el 99998 y el 00000 será el siguiente.
Para la aplicación de los premios de centena se entenderá que si
cualquiera de los premios primero o segundo correspondiera, por ejemplo,
al número 25, se considerarán agraciados los 99 números restantes de
la misma, es decir, desde el 00 al 24 y desde el 26 al 99.
Tendrán derecho a premio de 50.000 pesetas los billetes cuyas tres
últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del número
que obtenga el premio primero; a premio de 25.000 pesetas, aquellos billetes
cuyas dos últimas cifras coincidan, en orden y numeración, con las del
que obtenga dicho primer premio y, finalmente, tendrán derecho al
reintegro de su precio cada uno de los billetes cuya cifra final sea igual a
la última cifra del número agraciado con el repetido primer premio.
De los premios de centenas, terminaciones y reintegros ha de
entenderse que quedan exceptuados los números de los que, respectivamente,
se deriven, agraciados con los premios primero y segundo.
Asimismo, tendrán derecho al reintegro de su precio todos los billetes
cuya última cifra coincida con las que se obtengan en las dos extracciones
especiales, que se realizarán del bombo de las unidades.
Premio especial al décimo
Para proceder a la adjudicación del premio especial a la fracción se
extraerá simultáneamente una bola de dos de los bombos del sorteo que
determinarán, respectivamente, la fracción agraciada y la serie a que
corresponde.
Ha de tenerse en cuenta que si la bola representativa de la fracción
o de la serie fuera el 0, se entenderá que corresponde a la 10. a
Este premio especial al décimo, de 395.000.000 de pesetas para una
sola fracción de uno de los doce billetes agraciados con el primer premio,
será adjudicado a continuación de determinarse el primer premio.
El sorteo se efectuará con las solemnidades previstas en la Instrucción
del Ramo. En la propia forma se hará después un sorteo especial para
adjudicar la subvención a uno de los establecimientos benéficos de la
población donde se celebre el sorteo. Dicho sorteo especial quedará aplazado
si en el momento de la celebración del que se anuncia se desconocen
los establecimientos que puedan tener derecho a la mencionada
subvención.
Estos actos serán públicos, y los concurrentes interesados en el sorteo
tendrán derecho, con la venia del Presidente, a hacer observaciones sobre
dudas que tengan respecto a las operaciones del mismo.
Efectuado el sorteo se expondrán al público la lista oficial de las
extracciones realizadas y la lista acumulada ordenada por terminaciones.
Pago de premios
Los premios inferiores a 5.000.000 de pesetas por billete podrán
cobrarse en cualquier Administración de Loterías.
Los iguales o superiores a dicha cifra se cobrarán, necesariamente,
a través de las oficinas bancarias autorizadas, directamente por el
interesado o a través de Bancos o Cajas de Ahorro, y en presencia del
Administrador expendedor del billete premiado.
Los premios serán hechos efectivos en cuanto sea conocido el resultado
del sorteo a que correspondan y sin más demora que la precisa para
practicar la correspondiente liquidación y la que exija la provisión de fondos
cuando no alcancen los que en la Administración pagadora existan
disponibles.
Madrid, 22 de agosto de 1998.-El Director general, Luis Perezagua
Clamagirand.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid