De conformidad con lo establecido en los artículos 118, 326
y 330.3 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 195 y
concordantes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la carrera
judicial, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su
reunión del día 20 de julio de 1998, ha acordado anunciar
concurso para la provisión de una plaza de Magistrado de la Sala
de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,
mientras su titular, don Jesús Corbal Fernández, se encuentre
en la situación administrativa de servicios especiales.
El presente concurso se regirá por las bases siguientes:
Primera.-No podrán tomar parte:
a) Los Magistrados electos.
b) Los que se hallaren en la situación administrativa de
suspensión.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurra
el plazo determinado en la resolución sancionadora de prohibición
de concursar.
d) Los que hubieran sido designados a su instancia para
cualquier cargo judicial de provisión reglada hasta transcurridos dos
años, si concursaron antes de la entrada en vigor de la Ley
Orgánica 116/1994, de 8 de noviembre, y tres años, si concursaron
con posterioridad.
e) No podrán concursar los Magistrados que hayan obtenido
primer destino tras la superación de las pruebas selectivas de
especialización hasta transcurridos dos años desde el Real Decreto
de nombramiento.
f) Los Magistrados que no cuenten con cinco años en esta
categoría.
Segunda.-La provisión de la plaza anunciada en la Sala de
lo Civil y Penal, a que se refiere el artículo 330.3 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, se efectuará a propuesta del Pleno del Consejo
General del Poder Judicial, entre aquellos solicitantes que lleven
cinco años en la categoría y tengan especiales conocimientos en
Derecho Civil, Foral o especial, propio de la Comunidad Autónoma
de que se trate.
Tercera.-Las solicitudes de destino serán presentadas en el
Registro General del Consejo General del Poder Judicial, Marqués
de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma
establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del
presente concurso o no aparezcan redactadas con claridad carecerán
de validez, al igual que las modificaciones o anulaciones efectuadas
transcurrido el plazo anterior.
Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos
deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario
correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes
de certificarlas.
A la solicitud se podrá acompañar relación circunstanciada de
méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales y
cuantos otros datos estimen de interés, relativos a su actividad
profesional.
Cuarta.-Los destinados para la plaza anunciada no podrán
solicitar traslado hasta transcurridos tres años desde la fecha de
su nombramiento para la misma.
Madrid, 20 de julio de 1998.-El Presidente del Consejo General
del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
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