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Documento BOE-A-1998-20798

Orden de 25 de agosto de 1998 por la que se abre de nuevo el plazo de presentación de solicitudes establecidas en la Orden de 19 de diciembre de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 1 de septiembre de 1998, páginas 29688 a 29688 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-20798
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/08/25/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 19 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 30), estableció el procedimiento para que los órganos de la Administración del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, solicitasen la concesión de subvenciones para contratar trabajadores desempleados para realizar obras y servicios de interés general y social.

La disposición transitoria segunda de la mencionada Orden establecía para 1998 que el plazo de presentación de solicitudes sería de treinta días a partir de la fecha de su publicación.

Como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en su reunión del pasado 24 de julio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado», del 31, se han incorporado al Instituto Nacional de Empleo créditos extraordinarios para el presente ejercicio de 1998, destinados a dotar las actuaciones complementarias del Plan Nacional de Acción para el Empleo, por lo que se hace aconsejable abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes para el actual ejercicio.

En consecuencia, he dispuesto:

Artículo 1.

Para el presente ejercicio de 1998, el nuevo plazo de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones a las que se refiere la Orden de 19 de diciembre de 1997, queda abierto durante los quince días siguientes a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Orden.

Artículo 2.

La duración máxima de los proyectos a presentar será de tres meses, debiendo concluir los mismos el 31 de diciembre de 1998.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de agosto de 1998.

ARENAS BOCANEGRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/08/1998
  • Fecha de publicación: 01/09/1998
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo que establece la diposición transitoria 2 de la Orden de 19 de diciembre de 1997 (Ref. BOE-A-1997-28043).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Desempleo
  • Empleo
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Organismos autónomos
  • Procedimiento administrativo
  • Subvenciones
  • Universidades

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