Por Orden de 13 de junio de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de
26 de julio), se convocan ayudas para fomentar la realización de actividades
para 1997 por parte de asociaciones, federaciones y confederaciones de
alumnos.
Por Resolución de 23 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"
de 27 de enero de 1998), de la Dirección General de Formación Profesional
y Promoción Educativa, se conceden las ayudas convocadas.
Posteriormente, se ha estimado un recurso ordinario interpuesto contra
dicha Resolución por la Federación Autónoma de Asociaciones de
Estudiantes de la Comunidad de Madrid.
Reunido el Jurado de Selección a que se refiere el apartado décimo
de la Orden de convocatoria y vista la propuesta formulada por el mismo,
he resuelto:
Primero.-Rectificar la Resolución de 23 de diciembre de 1997 por la
que se conceden ayudas destinadas a fomentar la realización de actividades
para 1997 por parte de asociaciones, federaciones y confederaciones de
alumnos, en el sentido de incluir en el anexo I de ayudas concedidas
lo siguiente:
Denominación:
Federación Autónoma de Asociaciones de Estudiantes de la Comunidad
de Madrid:
Localidad: Madrid. Provincia: Madrid. Cuantía concedida: 192.823
pesetas.
Segundo.-El pago de la ayuda concedida se efectuará a través de la
Subdirección Territorial de Educación y Cultura de Madrid-Centro.
Tercero.-De acuerdo con la normativa vigente, dicha Federación queda
obligada a:
1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones
o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en su caso, pueda
efectuar el Ministerio de Educación y Cultura, así como a las de control
financiero que corresponden a la Intervención General de la
Administración del Estado y facilitar cuanta información les sea requerida por
el Tribunal de Cuentas.
3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante
la presentación de la siguiente documentación:
3.1 Memoria explicativa (dos ejemplares) de las actividades
realizadas, en la que se recoja el grado de cumplimiento de los objetivos
programados, con una extensión máxima de diez folios.
3.2 Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno de
su Presidente, que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que
motivó la concesión de la ayuda.
3.3 Carpeta-índice que incluya todos los originales de nóminas,
recibos, facturas y cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente
admitido, sea imputable a la ayuda concedida.
4. Dicha documentación deberá remitirse antes del día 30 de octubre
de 1998 a la Subdirección Territorial de Educación y Cultura de
Madrid-Centro.
Cuarto.-La Subdirección Territorial de Educación y Cultura de
Madrid-Centro remitirá a la Subdirección General de Becas y Ayudas al
Estudio, antes del día 10 de noviembre de 1998, la siguiente documentación:
a) Un ejemplar de la Memoria presentada.
b) Acreditación de que la ayuda se ha abonado a la entidad
beneficiaria.
c) Una certificación acreditativa de que el gasto se ha destinado a
la finalidad para la que fue concedida.
Quinto.-La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo
dispuesto en esta Resolución, supondrá el reintegro de las cantidades no
justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de
las responsabilidades en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos
81 y 82 de la vigente Ley Presupuestaria, en su nueva redacción dada
por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.
Sexto.-Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para
la concesión de las ayudas y la obtención concurrente de subvenciones
o ayudas otorgadas para la misma finalidad por otras Administraciones
o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar
a la modificación de la resolución de concesión.
Séptimo.-Contra la presente Resolución, los interesados podrán
interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, a contar desde la publicación
de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", ante la
excelentísima señora Ministra, que será sustanciado por delegación de ésta
por el ilustrísimo señor Secretario general de Educación y Formación
Profesional.
Madrid, 31 de julio de 1998.-El Director, Antonio Peleteiro Fernández.
Ilmos. Sres. Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio y
Subdirector territorial de Educación y Cultura de Madrid-Centro.
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