Por Orden de 13 de junio de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 26dejulio), se convocan ayudas para fomentar la realización de actividades para 1997 por parte de asociaciones, federaciones y confederaciones de alumnos.
Por Resolución de 23 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero de 1998), de la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, se conceden las ayudas convocadas.
Posteriormente, se ha estimado un recurso ordinario interpuesto contra dicha Resolución por la Federación Autónoma de Asociaciones de Estudiantes de la Comunidad de Madrid.
Reunido el Jurado de Selección a que se refiere el apartado décimo de la Orden de convocatoria y vista la propuesta formulada por el mismo, he resuelto:
Rectificar la Resolución de 23 de diciembre de 1997 por la que se conceden ayudas destinadas a fomentar la realización de actividades para 1997 por parte de asociaciones, federaciones y confederaciones de alumnos, en el sentido de incluir en el anexo I de ayudas concedidas lo siguiente:
Denominación:
Federación Autónoma de Asociaciones de Estudiantes de la Comunidad de Madrid:
Localidad: Madrid. Provincia: Madrid. Cuantía concedida: 192.823 pesetas.
El pago de la ayuda concedida se efectuará a través de la Subdirección Territorial de Educación y Cultura de Madrid-Centro.
De acuerdo con la normativa vigente, dicha Federación queda obligada a:
1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en su caso, pueda efectuar el Ministerio de Educación y Cultura, así como a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas.
3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:
3.1 Memoria explicativa (dos ejemplares) de las actividades realizadas, en la que se recoja el grado de cumplimiento de los objetivos programados, con una extensión máxima de diez folios.
3.2 Certificado del Secretario de la entidad, con el visto bueno de su Presidente, que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda.
3.3 Carpeta-índice que incluya todos los originales de nóminas, recibos, facturas y cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.
4. Dicha documentación deberá remitirse antes del día 30 de octubre de 1998 a la Subdirección Territorial de Educación y Cultura de Madrid-Centro.
La Subdirección Territorial de Educación y Cultura de Madrid-Centro remitirá a la Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, antes del día 10 de noviembre de 1998, la siguiente documentación:
a) Un ejemplar de la Memoria presentada.
b) Acreditación de que la ayuda se ha abonado a la entidad beneficiaria.
c) Una certificación acreditativa de que el gasto se ha destinado a la finalidad para la que fue concedida.
La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en esta Resolución, supondrá el reintegro de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades en que se pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre.
Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas para la misma finalidad por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», ante la excelentísima señora Ministra, que será sustanciado por delegación de ésta por el ilustrísimo señor Secretario general de Educación y Formación Profesional.
Madrid, 31 de julio de 1998.–El Director, Antonio Peleteiro Fernández.
Ilmos. Sres. Subdirectora general de Becas y Ayudas al Estudio y Subdirector territorial de Educación y Cultura de Madrid-Centro.
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