La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 2 de julio de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 3/533/96, en el que son partes, de una, como demandante, doña María del Carmen Ruiz Sánchez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 8 de febrero de 1996, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos:
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 533/96, interpuesto por la representación de doña María del Carmen Ruiz Sánchez, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 8 de febrero de 1996, por la que se le denegó la autorización para compatibilizar las actividades de Ayudante Técnico Sanitario (ATS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSERSO) en Logroño y ATS de la Mutua de Accidentes de Trabajo (MUGENAT), que se confirma por ajustarse al ordenamiento jurídico.
No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 27 de agosto de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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