Visto el expediente de indulto de don Iván de Hoyos Ferret, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia
de fecha 17 de mayo de 1996, como autor de un delito contra la salud
pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor
y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de condena, por
hechos cometidos en el año 1993; a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24
de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Iván de Hoyos Ferret la pena privativa de
libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Palma de Mallorca a 24 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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