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Documento BOE-A-1998-2129

Resolución de 19 de enero de 1998, de la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD, por la que se corrigen errores en la de 3 de diciembre de 1997, por la que se convocan pruebas selectivas para la cobertura de plazas vacantes en la categoría de Electricista en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, dependientes del INSALUD.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1998, páginas 3326 a 3326 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1998-2129

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de esta Dirección General de Recursos Humanos de 3 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 25), por la que se convocan pruebas selectivas para la cobertura de plazas vacantes en la categoría de Electricista en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, dependientes del INSALUD, se procede a rectificar los mismos de la forma siguiente:

Primero.-En la base segunda.A):

Se añade el siguiente requisito:

"No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones."

Segundo.-En la base segunda:

Se añade el apartado c): "Los requisitos a que se refiere el apartado a) de la presente base, excepto el contenido en el punto 5 se acreditará fehacientemente por el aspirante en la forma prevista en la base novena. El pago de los derechos de examen, que será previo a la presentación de la solicitud se efectuará como se indica en la base tercera.

Los requisitos específicos de los aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna se acreditarán mediante la certificación original del Director de Gestión y Servicios Generales con el visto bueno del Director Gerente, donde estuviesen o hubieran prestado servicios y se adjuntará a la solicitud de participación en las pruebas".

Tercero.-En la base séptima.5:

Donde dice: "La puntuación máxima posible que se puede obtener en la fase de concurso será de 100 puntos".

Debe decir: "La puntuación máxima posible que se puede obtener en la fase de concurso será de 65 puntos".

Cuarto.-En la base novena.1:

Se añade el siguiente punto e): "Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad igual o mayor al 33 por 100, que hayan optado por el cupo de reserva, deberán acreditar tal condición mediante certificación expedida por el órgano que declaró su minusvalía".

Madrid, 19 de enero de 1998.-El Director general, Roberto Pérez López.

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