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Documento BOE-A-1998-2136

Resolución de 8 de enero de 1998, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convocan concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1998, páginas 3333 a 3334 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-2136

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión de Profesorado, en sesión de 25 de junio de 1997, por delegación de la Junta de Gobierno de esta Universidad, resuelvo convocar concursos para la provisión de las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se detallan en el anexo, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Estos concursos se regirán en todos los aspectos por lo dispuesto en la Ley 11/1983, de 25 de agosto; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y, en todo lo que no se prevé, por el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, por los Estatutos de la Universidad Pompeu Fabra y por la restante normativa estatutaria de los funcionarios que sea de aplicación.

Segunda.- Las Comisiones nombradas para juzgar los concursos se clasifican económicamente en la categoría primera del anexo 4 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo.

Tercera.-La tramitación de los concursos para la provisión de las citadas plazas será independiente para cada una de ellas.

Cuarta.-Para poder ser admitidas a los concursos, las personas que se presenten a los mismos deben cumplir los requisitos generales siguientes:

a) Tener la ciudadanía de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.

b) Tener dieciocho años cumplidos y no haber cumplido los setenta.

c) No estar separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada por sentencia firme para el ejercicio de las funciones públicas.

d) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones docentes.

Quinta.-Las personas aspirantes, además, deberán cumplir los requisitos específicos que se establecen en el artículo 4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y los que se establecen en el artículo 37.4 de la Ley de Reforma Universitaria, de 25 de agosto de 1983.

Sexta.-De acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Real Decreto 1888/1984, los requisitos establecidos en las bases cuarta y quinta deben cumplirse, como máximo, el último día de presentación de las solicitudes y deben seguir cumpliéndose en la fecha de nombramiento como funcionario.

Séptima.-Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deberán remitirse al Rector de la Universidad Pompeu Fabra (plaza de la Mercè, 12, 08002 Barcelona), y se formalizarán mediante el modelo normalizado de solicitud publicado por Resolución del Rector de 21 de marzo de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" número 85, de 10 de abril), al cual debe adjuntarse fotocopia compulsada de los documentos que acrediten que la persona cumple los requisitos académicos específicos que señala la base quinta para poder participar en el concurso y fotocopia del documento nacional de identidad.

Las solicitudes pueden presentarse en el Registro de la Universidad Pompeu Fabra (plaza de la Mercè, 12, de Barcelona), o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles computables desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las personas aspirantes deberán abonar la cantidad de 2.500 pesetas en concepto de derechos. El pago deberá efectuarse en cualquier oficina de la Caixa de Catalunya, mediante ingreso en caja, o bien por giro postal o telegráfico, en la cuenta corriente número 2013-0024-41-02007141-92 "Universidad Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: Concursos de profesorado".

Cuando el pago se efectúe por giro postal o telegráfico es necesario que, como nombre del remitente conste el del propio aspirante, el cual debe adjuntar a la solicitud el resguardo de la imposición.

En la solicitud debe figurar el sello de la Caixa de Catalunya en el apartado reservado a la entidad bancaria, el cual es acreditativo del pago de la tasa correspondiente. Su ausencia determina la exclusión del aspirante, salvo que el pago se haya efectuado por giro postal o telegráfico y se haya adjuntado el resguardo.

En ningún caso el pago a la Caixa de Catalunya sustituirá el trámite de presentación de la solicitud en la Universidad en el plazo y en la forma correspondiente, de acuerdo con lo que establece esta base.

Los aspirantes deben observar las instrucciones establecidas en el dorso del modelo normalizado de solicitud para cumplimentarla.

Octava.-De acuerdo con el artículo 9.1 del Real Decreto 1888/1984, la persona que aspira a la plaza deberá presentar el currículum vitae por quintuplicado en el acto de presentación del concurso, de acuerdo con el modelo publicado por resolución del Rector de 21 de marzo de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" número 85, de 10 de abril).

Novena.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad Pompeu Fabra, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, remitirá a todos los aspirantes la relación completa de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión. Contra esta resolución que apruebe la relación de personas admitidas y excluidas, las personas interesadas podrán interponer reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al que le sea notificada esta relación.

Décima.-Las Comisiones Evaluadoras, que serán nombradas mediante Resolución del Rector de la Universidad, actuarán de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios, y por lo que respecta al funcionamiento interno, se regirán por lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Undécima.-Las personas propuestas para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha en que finalice la actuación de la Comisión, los documentos siguientes:

a) Declaración jurada que justifique el requisito especificado en el apartado c) de la base cuarta.

b) Certificado médico oficial que acredite lo que establece el apartado d) de la base cuarta.

c) Declaración de no estar incluido en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que prevé la legislación vigente, o ejercer, en el plazo de toma de posesión, la opción que prevé el artícu lo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Duodécima.-El Rector de la Universidad nombrará funcionarios a los aspirantes propuestos que hayan aportado la documentación exigida en la base anterior en el plazo establecido, los cuales dispondrán del plazo de un mes para tomar posesión de la plaza convocada a partir del día siguiente de la publicación de dicho nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

Barcelona, 8 de enero de 1998.-El Rector, en funciones, Jaume Torras Elías.

ANEXO

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Referencia de la plaza: 185 TA. Tipo de concurso: Acceso. Número de plazas: Una. Departamento: Humanidades (área propia). Área de conocimiento: "Historia del Arte".

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